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Concurso de acreedores
HOLDING NUCLEO DE FOMENTO SL
CIF B86312485Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 4 — 24/06/2013 → 27/05/2026
- Procedimiento
- 301/2013
- Juzgado
- SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE MADRID. PLAZA Nº 8
Cronología del expediente
- Otro acto concursal27/05/2026⚖️ SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE MADRID. PLAZA Nº 8 Proc. 301/2013Juez : JUAN PABLO RINCON HERRANDOAuto 28/02/2022
SOLICITUD EXONERACION PASIVO INSATISFECHO
- Otro acto concursal27/05/2026⚖️ SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE MADRID. PLAZA Nº 8 Proc. 301/2013Juez : ANA MARIA GONZALEZ OLALLAAuto 28/02/2022
AUTO DECLARACION CONCURSO CONSECUTIVO DE ACREEDORES Y APERTURA DE LA FASE DE LIQUIDACION
- Conclusión del concurso15/11/2022⚖️ SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE MADRID. PLAZA Nº 8 Proc. 301/2013Juez : MANUEL MARTIN GARCIAAuto 28/02/2022
AUTO CONCLUSION CONCURSO
- Otro acto concursal24/06/2013⚖️ MADRIDProc. 301/2013Auto 10/06/2013
Doña Verónica Calvo Moreno, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 8 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia 1.º Que en el procedimiento número 301/2013, por auto de 10 de junio de 2013, se ha declarado en concurso Voluntario al deudor Holding Núcleo de Fomento, S.L., con domicilio en calle Ruiz de Alarcón, n.º 13 de Madrid, y CIF B-86312485. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal designada, Forensic Solutions, S.L.P., con despacho profesional en Madrid, calle Velázquez, 94-1.º (28006), teléfono 963516595, fax 963525849 y correo electrónico [email protected] la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito y se dirigirá a la Administración concursal al domicilio o correo electrónico expresado, con indicación de la identidad, domicilio y NIF del acreedor, debiendo indicar un domicilio o dirección de correo electrónico a los efectos de su relación con la Administración concursal. No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguna. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 11 de junio de 2013.- La Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.