Concurso de acreedores
HOGANEX S.L
CIF B06633838Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 4 — 04/06/2019 → 22/09/2021
- Procedimiento
- 532/2018
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE BADAJOZ · MERCANTIL - 1 · Jdo. de lo Mercantil nº 1 de Badajoz
Cronología del expediente
- Otro acto concursal22/09/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE BADAJOZProc. 532/2018Juez : ISABEL GIMÉNEZ GARCÍAAuto 11/07/2019
AUTO CONCLUSIÓN CONCURSO Y CESE LIMITACIONES DE LAS FACULTADES DE ADMINISTRACIÓN
- Apertura de liquidación29/01/2020⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 532/2018Juez : ZAIRA GONZALEZ AMADOAuto 20/01/2020
Lo acordado en la parte dispositiva del edicto que se adjunta.
- Declaración de concurso23/07/2019⚖️ Jdo. de lo Mercantil nº 1 de BadajozAuto 18/07/2019
Dª. Lucía Peces Gómez, Letrada de la Administración de Justicia del Jdo. de lo Mercantil nº 1 de Badajoz, por el presente, HAGO SABER: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial en la Sección I Declaración Concurso 0000532 /2018 se ha dictado en fecha once de julio de 2019, auto de declaración de concurso necesario abreviado del deudor HOGANEX, S.L., con CIF B-06633838 cuyo centro de interés principal lo tiene en calle Moreno Vargas, núm. 28 de Mérida. 2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que ejercía el concursado, siendo sustituidas por la Administración concursal. Se ha designado como Administración concursal al Economista D. Alvaro Campo Peña, con domicilio postal en calle Francisco Montero de Espinosa, núm.3, 06200-Almendralejo (Badajoz), y dirección de correo electrónico [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. No se admitirán bajo ninguna circunstancia insinuaciones de créditos dirigidas a este Juzgado, ya que las mismas deben dirigirse directamente a la Administración Concursal. En el caso de existir personaciones en los escritos de insinuación de créditos tampoco serán tenidas en cuenta, debiéndose realizar la personación en escrito exclusivo para tal fin. 3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de UN MES a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistido de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal), sin perjuicio de lo establecido para la representación y defensa de los trabajadores en la Ley de los trabajadores en la Ley de Procedimiento Laboral. Badajoz, 18 de julio de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Lucía Peces Gómez.
- Otro acto concursal04/06/2019⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE BADAJOZProc. 532/2018Juez : NÉSTOR PADILLA DÍAZAuto 11/07/2019
Se tiene por presentado el informe previsto en el Artículo 74 de la Ley Concursal,
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.