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Concurso de acreedores

HIVEGARA SOCIEDAD LIMITADA

CIF B18529651Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
417/03/201021/09/2020
Procedimiento
50/2010
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE GRANADA

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal21/09/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE GRANADA Proc. 50/2010Juez : MARIA JESUS SANCHEZ CARBAJALESAuto 03/07/2020

    DECLARACION CONCURSO CONSECUTIVO VOLUNTARIO DE MARIA LUISA VAZQUEZ SILVA Y JUAN ANTONIO FERNANDEZ MOURIÑO,

  2. Conclusión del concurso21/09/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE GRANADA Proc. 50/2010Juez : JOSE LUIS FORTEA GORBEAuto 03/07/2020

    SE HA PRESENTADO INFORME DEL ADMINISTRADOR CONCURSAL ART. 74 LC.

  3. Declaración de concurso09/07/2020
    ⚖️ GRANADAAuto 03/07/2020

    EDICTO El Juzgado de lo Mercantil de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, ANUNCIA 1.- Que en el procedimiento concursal número 50/10 referente al concursado Hivegara, S.L.U., con cif B18529651 y domicilio en Paseo de la Bomba nº 5 de Granada, por auto de fecha 3 de julio de 2020, se ha acordado: ACUERDO LA CONCLUSIÓN del concurso voluntario de acreedores de las personas jurídicas Hivegara, S.L.U., con, cif B18529651 inscrita en el Registro Mercantil de Granada y la aprobación de la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal. De conformidad a ello: Procédase a la publicación de la presente resolución en el BOE, en el Registro Mercantil y en el Registro Público Concursal. Procédase a la cancelación de las anotaciones de declaración de concurso existentes, librando a tal efecto los mandamientos oportunos. Llévese testimonio de la presente resolución a todas las secciones del concurso. Se acuerda la extinción de Hivegara, S.L.U., con cif B18529651. Líbrese mandamiento al Registro Mercantil conteniendo testimonio de la presente resolución, firme que sea la misma, al objeto de la inscripción de la cancelación de Hivegara, S.L.U., con cif B18529651 Requiérase a la Administración concursal para que en el plazo de cinco días desde la cancelación de la inscripción realizada en el Registro mercantil aporte al juzgado su acreditación de administrador cesando en ese momento en sus funciones. Contra la presente resolución no cabe interponer recurso alguno (art. 177 LC). Granada, 6 de julio de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Constanza Clara Lendínez Barranco.

  4. Otro acto concursal17/03/2010
    ⚖️ GRANADAProc. 50/2010Auto 17/02/2010

    Edicto. El Juzgado de Primera Instancia número 14 y Mercantil de Granada en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: Primero.-Que en el procedimiento Abreviado número 50/2010, por auto de quince de febrero de dos mil diez, se ha declarado en concurso voluntario al deudor Hivegara, S.L.U., con N.I.F. B-18529651 y domicilio en paseo de la Bomba, número 5 - Granada. Segundo.-Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. Tercero.-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos mediante correo certificado a la siguiente dirección: Administración Concursal de Hivegara, S.L.U. Apartado de Correos número 171. 18080 Granada. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio de declaración del concurso en el "Boletín Oficial del Estado". Cuarto.-La personación mediante Abogado y Procurador para comparecer en el presente procedimiento deberá efectuarse mediante escrito independiente del anterior, presentado en forma ante este Juzgado. Granada, 17 de febrero de 2010.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.