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Concurso de acreedores

HISPALACCI SERVICIOS INMOBILIARIOS SOCIEDAD LIMITADA

CIF B91455634Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
320/11/200915/02/2017
Procedimiento
1335/2009 · 04/2008
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Sevilla

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso15/02/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de SevillaProc. 1335/2009Auto 27/01/2017

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Anuncia: Que con fecha 27 de enero de 2017 se ha dictado auto de conclusión del concurso en la Sección Primera del concurso número 1335/2009 relativo a la entidad JUAN PEDRO E HIJOS, S.L., con número de CIF B-91455634, declarando la conclusión de dicho concurso. Asimismo, se aprobó la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal. Sevilla, 1 de febrero de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

  2. Conclusión del concurso23/10/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de SevillaProc. 04/2008Auto 15/09/2014

    El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º-Que en el procedimiento número 1108.04/2008, con NIG 4109142M20080001455, por auto de fecha 15 deseptiembre de 2013 se ha declarado la conclusión del concurso de la entidad Hispalacci Servicios inmobiliarios, S.L., con C.I.F. número B-91455634 y domicilio en Sevilla, C/ Salado, n.º 6, entresuelo K. Sevilla, 15 de septiembre de 2014.- La Secretaria Judicial.

  3. Otro acto concursal20/11/2009
    ⚖️ SEVILLAProc. 1335/2009Auto 28/10/2009

    El Juzgado de lo Mercantil número uno de Sevilla, anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 1335/2009, por auto de veintiocho de octubre de 2009, se ha declarado concurso voluntario al deudor Juan Pedro e Hijos, S.L., con CIF: B-91455634 y domicilio en Lebrija (Sevilla), c/ Sierra Nevada, 1. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Sevilla, 28 de octubre de 2009.- Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.