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Concurso de acreedores

HIERROS MARQUEZ SL

CIF B41275199Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
205/07/201128/09/2016
Procedimiento
443/2011
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Sevilla

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso28/09/2016
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de SevillaAuto 12/09/2016

    EDICTO El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 LC, anuncia: Que por auto de 09/09/16 se ha decretado la conclusión del concurso voluntario nº 443/11 - negociado 7 del deudor HIERROS MÁRQUEZ, S.L., con CIF nº B-41275199, su inscripción en el público que corresponda y se aprueba la rendición de cuentas, se declara la extinción de la sociedad. En Sevilla, 12 de septiembre de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

  2. Otro acto concursal05/07/2011
    ⚖️ SEVILLAProc. 443/2011Auto 03/06/2011

    El Juzgado de lo Mercantil número uno de Sevilla, anuncia: Primero.- Que en el procedimiento número 443/2011-7, por auto de fecha tres de junio de 2011, se ha declarado en concurso voluntario al deudor Hierros Márquez, Sociedad Limitada, con Código de Identificación Fiscal B-41275199 y domicilio en Carretera de San Juan de Aznalfarache a Palomares, kilómetro 1, Mairena de Aljarafe (Sevilla). Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento directamente ante el Administrador Concursal don José María Ortega Segura, con domicilio en calle Óscar Carvallo, 14, ACC, 41018 de Sevilla, teléfono número 954225100 y fax número 954224823, la existencia de sus créditos, en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. Cuarto.- El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. Quinto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal). Sevilla, 3 de junio de 2011.-

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.