Concurso de acreedores
HIDRACUR SA
CIF A73093734Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 16/04/2012 → 26/09/2019
- Procedimiento
- 360/2011
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Murcia · Jdo. de lo Mercantil N. 1 de Murcia
Cronología del expediente
- Otro acto concursal26/09/2019⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de MurciaProc. 360/2011Auto 12/09/2019
Edicto Ana María Lacalle Espallardo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Murcia, Anuncia 1.- Que en el procedimiento Concurso 360/2011 de Hidracur, S.A., con CIF A-73093734 se dictó el 12 de septiembre de 2019 auto acordando la conclusión y archivo del procedimiento. 2.- El auto se fundamenta en las causas previstas en el artículo 176 de la Ley Concursal. Y para que sirva con el fin de dar la publicidad prevista en los artículos 23, 24 y 177.3 de la Ley Concursal, se expide el presente, doy fe. Murcia, 16 de septiembre de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Ana María Lacalle Espallardo.
- Declaración de concurso16/04/2012⚖️ Jdo. de lo Mercantil N. 1 de MurciaAuto 30/03/2012
D. Pedro Adán Ruiz-Erans Vivancos, Secretario/a Judicial del Jdo. de lo Mercantil N. 1 de Murcia, por el presente hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº Sección I Declaración Concurso 0000360/2011 y NIG nº 3003047120110000857 se ha dictado en fecha 27-2-2012 Auto de Declaración de Concurso Necesario del deudor Hidracur, S.A., con A-73093734, cuyo centro de intereses principales lo tiene en C/ Huerto Manú (Edf. Isaac Peral) nº 5, entresuelo C.P. 30005 en Murcia. 2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal, se ha designado administrador concursal a D. José Vicente Echeverría Jiménez, letrado con DNI nº 27.466004-W, con domicilio postal en C/ Alejandro Seiquer, nº 5, 2º B en Murcia, y dirección electrónica señalada echeverria-abogados&icamur.org para que los acreedores, a su elección efectuén la comunicación de créditos. 3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen directamente a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4º.-No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni la Oficina de registro de la Ciudad de la Justicia. 5º.- La dirección electrónica donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es http://juzgadomercantil1murcia.blogspot.com/ Murcia, 30 de marzo de 2012.- Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.