Inicio›Justicia›HERRAMIENTAS ERMUA SOCIEDAD LIMITADA LABORAL
Concurso de acreedores
HERRAMIENTAS ERMUA SOCIEDAD LIMITADA LABORAL
CIF B48953467Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 25/01/2010 → 14/10/2010
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Bilbao (Bizkaia)
Cronología del expediente
- Apertura de liquidación14/10/2010⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Bilbao (Bizkaia)Auto 08/09/2010
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Bilbao (Bizkaia), Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 841/09 referente al concursado Herramientas Ermua, S.L.L. con NIF B48953467, por auto de fecha 8 de septiembre de 2010 se ha acordado lo siguiente: 1. Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor. 2. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio sobre su patrimonio. 3. Se ha declarado disuelta la mercantil Herramientas Ermua, S.L.L., cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal. 4. La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el tablón de anuncios del Juzgado y en el "Boletín Oficial del Estado" cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Bilbao, 8 de septiembre de 2010.- El/La Secretario.
- Otro acto concursal25/01/2010⚖️ BILBAOAuto 14/01/2010
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1. Que en el procedidmiento número 841/09, por auto de 14 de enero de 2010 se ha declarado en concurso voluntario al deudor "Herramientas Ermua, S.L.L.", con NIF B48953467, con domicilio en carretera de Areitio, km 5, Ermua, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Ermua. 2. Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposicion de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3. Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicacion es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de esta anuncio en el "Boletín Oficial del Estado". 4. Que los acreedores e interesdos que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Bilbao, 14 de enero de 2010.- La Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.