Inicio›Justicia›HERLEMA SL

Concurso de acreedores

HERLEMA SL

CIF B79073847Ver la ficha de la empresa →

Publicaciones
3 — 17/03/2011 → 24/09/2015
Procedimiento
80/2011
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso24/09/2015
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de MadridProc. 80/2011Auto 14/09/2015

    Edicto Doña María Dolores Sánchez Franco, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid, anuncia: Que en el procedimiento concursal n.º 80/2011 referente al deudor HERLEMA, S.L. con CIF B-79073847, con fecha 10/09/2015 se ha dictado Auto acordando la conclusión del presente procedimiento, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Acuerdo: 1.- Declarar la conclusión del concurso del deudor HERLEMA, S.L. 2.- Declarar la cancelación de todas las anotaciones o inscripciones efectuadas en virtud de la declaración del concurso. 3.- Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes. 4.- Dar la publicidad por medio de edictos que se insertarán en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios del Juzgado. 5.- Dar la publicidad registral necesaria para cuyo efecto remítanse los respectivos mandamientos a los registros correspondientes para la anotación de la presente resolución. Madrid, 14 de septiembre de 2015.- El Secretario Judicial.

  2. Declaración de concurso05/11/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de MadridProc. 80/2011Auto 15/11/2012

    Edicto D.ª María Luisa Pariente Vellisca, Secretaria Judicial en sustitución del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid. Anuncia Que en los autos de concurso voluntario ordinario n.º 80/2011 instado por el procurador D. Guillermo García San Miguel Hoover, en nombre y representación de Herlema, S.L., con CIF B-79073847, en el cual se ha dictado con fecha19/10/2012 auto abriendo liquidación, cuya parte dispositiva es como sigue: Parte dispositiva 1.- Se abre la fase de liquidación del presente concurso. Se suspende la Junta de Acreedores inicialmente señalada para el día 15 de noviembre de 2012. 2.- Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la Ley Concursal. 3.- Queda disuelta la entidad Herlema, S.L. y cesados los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte. 4.- Se declaran vencidos los créditos concúrsales aplazados y en su caso, la conversión en dinero de los que consistan en otras prestaciones. 5.- Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se publicará en el BOE y se fijará en el tablón de anuncios del Juzgado. Inscríbase, asimismo, en los Registros en los que se hizo la inscripción de declaración de concurso, la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos. 6.- En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la Ley Concursal. Notifíquese el auto a las partes personadas. Madrid, 19 de octubre de 2012.- Secretario Judicial.

  3. Otro acto concursal17/03/2011
    ⚖️ MADRIDAuto 02/03/2011

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 12 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 80/11, por auto de uno de marzo de dos mil once se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor Herlema, S.L. con CIF B-79073847 con domicilio en Calle Alcalá, nº 209 Madrid y cuyo centro de intereses principales lo tiene en dicho domicilio. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El lugar para la comunicación será por correo ordinario a la dirección: "Administración concursal del concurso de Herlema, S.L." Oficina: Paseo de la Castellana, nº 40, 3ª, 28029 Madrid. El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 2 de marzo de 2011.- La Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.