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Concurso de acreedores

HENNIGERS CONSULTING SL

CIF B66439456Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
124/01/201724/01/2017
Procedimiento
629/2016

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso24/01/2017
    ⚖️ BARCELONAProc. 629/2016Auto 08/11/2016

    Francesc Xavier Rafí Rojo, letrado de la Admón. de Justicia en sustitución del Juzgado Mercantil nº 10 de Barcelona, dicto el presente edicto: Juzgado.- Mercantil núm. 10 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, n° 111 edificio C, planta 13, de Barcelona. Número de asunto.- Concurso voluntario núm. 629/2016- A. Tipo de concurso.- Concurso voluntario abreviado. Entidad instante del concurso y NIF.- Hennigers Consulting, S.L. CIF B66439456. Fecha del auto de declaración Art. 190.3 LC y apertura fase liquidación Art. 191 Ter de la LC.- 8 de noviembre de 2016. Administradores concursales.- Insolnet Soluciones Concursales, SLP, quien ha designado como persona de D. Jordi Castells Llavines con domicilio en Vía Augusta 29, 5º, 08006 Barcelona y Teléfono n° 932720109 y dirección electrónica [email protected]. Facultades del concursado.- Suspendidas. Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de la mercantil declarada en concurso deberán poner en conocimiento de la Administación Concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicados. Apertura fase liquidación.- La concursada deberá presentar en el plazo de diez días un plan para la realización de los bienes y derechos. Barcelona, 5 de diciembre de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia en sustitución.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.