InicioJusticiaHELADERIA VITIN SL

Concurso de acreedores

HELADERIA VITIN SL

CIF B93655215Ver la ficha de la empresa

Concurso culpable
Publicaciones
625/03/202120/01/2022
Procedimiento
272/2021
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA · MERCANTIL - 1 · Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Málaga

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal20/01/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 272/2021Juez : FRANCISCO CANO MARCOAuto 26/07/2021

    PRESENTACIÓN INFORME

  2. Otro acto concursal20/01/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 272/2021Juez : RAMON LANDA PEREZAuto 26/07/2021

    Declaro a la deudora Mariela Del Valle Skladanowski con NIE X4428396E en situación de concurso consecutivo con todos los efectos legales inherentes a tal declaración

  3. Conclusión del concurso06/07/2021
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 272/2021Juez : JUDITH SAIZ SORIAAuto 24/07/2020

    SE ACUERDA TENER POR SOLICITADA LA CONCLUSION DEL CONCURSO POR INSUFICIENCIA DE MASA ACTIVA Y POR PRESENTADA LA RENDICION DE CUENTAS DANDO TRASLADO A LAS PARTES PERSONADAS ( ART 474.3 Y 479,1 TRLC

  4. Otro acto concursal14/04/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 272/2021Auto 26/03/2021

    Nombramiento de Administrador concursal

  5. Apertura de liquidación07/04/2021
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de MálagaAuto 16/03/2021

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35 del TRLC, anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 272/21, (NIG 290674212021000784), por auto de fecha 16 de marzo de 2021 se ha declarado en concurso voluntario y acordado la apertura de la fase de liquidación al deudor HELADERIA VITIN, S.L., con CIF B93655215, domicilio en Málaga Plaza de las Flores S/N 29680 Estepona y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga. 2º.- Que el deudor ha sido suspendido de sus facultades atribuyéndose las mismas a la Administración concursal. 3º.- Que la Administración concursal la integra: D. ANTONIO LÓPEZ RODRIGUEZ, provisto de DNI 79.018.214N; que lo hace en nombre y representación de la sociedad ALBOR AUDITORES, S.L., con CIF nº B92381052, con domicilio y dirección postal en la avenida de Mijas nº 2 Edificio Serrano portal 2, 1º D, 29651 de Mijas Costa (Málaga), Teléfono: 952 469 818, y con dirección de correo electrónico [email protected] que designa a los efectos de comunicación de créditos. 4º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en los artículos 255 y siguientes del TRLC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 512.1 y 2 del TRLC). Se hace saber a los interesados que deberán personarse en los autos de concurso conforme al art. 512 del TRLC. 6º.- Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal. Málaga, 26 de marzo de 2021.- Letrado de la Administración de Justicia, D. José María Casasola Díaz.

  6. Conclusión del concurso25/03/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 272/2021Juez : GUILLERMO FERNANDEZ GARCIAAuto 26/07/2021

    Se declara culpable el concurso.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.