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Concurso de acreedores
HB MAXIMA SERVICIOS DE HOSTELERIA SL
CIF B70426820Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 1 — 02/06/2016 → 02/06/2016
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de A Coruña
Cronología del expediente
- Apertura de liquidación02/06/2016⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de A CoruñaAuto 25/04/2016
El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de A Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia: 1.º Que en el Procedimiento 122/16-M, por Auto de 25 de abril de 2016 se ha declarado en concurso voluntario a la entidad HB MÁXIMA SERVICIOS DE HOSTELERÍA, S.L.U., con CIF B-70426820 y domicilio social en Lg. Os Batáns, núm. 10 Ames (A Coruña) y cuyo centro de principales intereses lo tienen en dicha localidad. 2.º Que en el referido auto se acordó abrir igualmente la fase de liquidación del concurso por petición de la concursada, quedando en suspenso durante la fase de liquidación las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC. Disolver la entidad concursada HB MÁXIMA SERVICIOS DE HOSTELERÍA, S.L.U. y cesar a los administradores sociales, que son sustituidos por la administración concursal. 3.º Que los acreedores de las concursadas deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el de un mes, a contar desde la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Que, los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (Art. 184.3 de la LC). 5.º Que ha sido nombrado administrador concursal D. MARTÍN RABUÑAL ANDRADE, con despacho profesional a efectos de notificación de créditos en C/ Montero Ríos, núm. 25, 3.º F, Santiago de Compostela y correo electrónico: [email protected] En A Coruña, 26 de abril de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.