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Concurso de acreedores

H & J FAMILIAR SL

CIF B91048546Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
303/11/201717/02/2020
Procedimiento
727/2017
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE SEVILLA

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso17/02/2020
    ⚖️ SEVILLAProc. 727/2017Auto 11/02/2020

    EL TRIBUNAL DE INSTANCIA MERCANTIL DE SEVILLA (SECCIÓN 2ª), A N U N C I A: Que en el procedimiento concursal número 727/2017-4 referente al concursado H & J FAMILIAR SL se ha dictado auto de conclusión de fecha 19/02/18 se ha acordado lo siguiente: PARTE DISPOSITIVA Acuerdo: 1.- Declarar la conclusión del concurso de H&J FAMILIAR SL con CIF B91048546 2.- Archivar las actuaciones. 3.- Declarar la cancelación de todas las anotaciones o inscripciones efectuadas en virtud de la declaración del concurso. 4.- Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación. 5.- El cese de la administración concursal designada, debiendo comparecer a tal efecto en este juzgado en el plazo de cinco días, para devolver la credencial que le habilita como tal. 6.- El deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes, de modo que los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Para tales ejecuciones, la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores se equipara a una sentencia de condena firme 7.- La extinción de la entidad H&J FAMILIAR SL, debiendo cancelarse su inscripción en los registros públicos que corresponda, sin perjuicio del mantenimiento de su personalidad jurídica a los efectos del punto anterior así como para reclamar el activo sobrevenido que pudiera aparecer. 8.- Dar la publicidad por medio de edictos en el tablón de anuncios del juzgado. 9.- Dar la publicidad registral necesaria para cuyo efecto remítanse los respectivos mandamientos a los registros correspondientes para la anotación de la presente resolución. 10.- Aprobar la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal. 11.- Notificar la presente resolución a la administración concursal, a la concursada y a las partes personadas, haciéndoles saber que la misma es FIRME. Así lo acuerda, manda y firma, don Pedro Márquez Rubio, Magistrado del Juzgado Mercantil Número 2 de Sevilla. Doy fe. EL MAGISTRADO LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA Sevilla, 11 de febrero de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Ana M.ª Gullón Gullón.

  2. Otro acto concursal14/01/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE SEVILLA Proc. 727/2017Juez : Santiago Aragones SeijoAuto 11/02/2020

    Se declara a la citada mercantil en situación de concurso voluntario, el cual se tramitará por las normas del procedimiento abreviado y de liquidación.

  3. Otro acto concursal03/11/2017
    ⚖️ SEVILLAProc. 727/2017Auto 26/10/2017

    El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la ley concursal (LC), anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 727/2017-4, con NIG 4109142M20170001636 por auto de 19/10/17 se ha declarado en concurso al deudor H & J FAMILIAR, con C.I.F B-91048546 con domicilio en Urbanización Jardinvilla, c/ Proverbios, n.º 29, 41020-Sevilla. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art 85 de la L.C. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido Enrique Murube Fernández, letrado, con NIF: 77804507S, con domicilio postal sito en Avda. Diego Martínez Barrio, 1- 1º A Sevilla tfno: 954235592, fax: 954234822 y dirección electrónica [email protected] El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el/los periódicos 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC. Sevilla, 26 de octubre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.