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Concurso de acreedores

GURE ELKARTEA SL

CIF B20821518Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
301/02/201015/06/2011
Procedimiento
53/2010
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Donostia - San Sebastián

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal15/06/2011
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Donostia - San SebastiánProc. 53/2010Auto 02/06/2011

    Edicto Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Donostia - San Sebastián, Anuncia Que en el procedimiento concursal número 53/2010 referente al concursado Gure Elkartea, S.L., con CIF B20821518, se ha dictado auto de fecha 15/04/2010 cuya Parte Dispositiva es la siguiente: Parte dispositiva 1.- Se acuerda separar del cargo de administrador concursal a don José Maria Aldalur Fraile. Se le requiere para que rinda cuentas de su actuación en el plazo de un mes desde la notificación de esta resolución y para que devuelva en el plazo de una audiencia la credencial que le habilita como administrador concursal. 2.- Se decreta la perdida por el administrador concursal del derecho a la remuneración que corresponda por el concurso, debiendo devolver las cantidades que hubiere percibido, asi como cualquier otra cantidad procedente del concurso que obre en su poder. 3.- Se nombra administradora del concurso por el mismo concepto a doña Silvia Zarco Fernandez, abogada, a quien se le comunicará el nombramiento por el medio mas rapido posible. Infórmesele: 1.º Que dentro de los cinco días siguientes al recibo de esta comunicación debe comparecer en el Juzgado para manifestar si acepta o no el cargo. 2.º Que de concurrir alguna causa de recusación de las expresadas en los artículos 28 y 33 de la LC, está obligado a manifestarlo. 4.- A esta resolución dése la publicidad registral establecida en el artículo 24 de la LC y anótese en el Registro a que se refiere el artículo 198. De igual modo, publiquese en el BOE con carácter gratuito. Remitase tambien copia del Auto al T.A.P. y al Colegio Oficial de Titulados Mercantiles y Empresariales a los efectos del art. 28.2, parrafo 2.º de la L.C. Esta resolución es firme y contra la misma no cabe recurso alguno (artículo 39 de la L.C.). Donostia - San Sebastián, 2 de junio de 2011.- La Secretario Judicial.

  2. Apertura de liquidación24/04/2010
    ⚖️ SAN SEBASTIÁNProc. 53/2010Auto 15/04/2010

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donostia-San Sebastián, Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 53/2010 referente al concursado "Gure Elkartea, Sociedad Limitada", con CIF B20821518, por auto de fecha 15 de abril de 2010 se ha acordado lo siguiente: 1. Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor. 2. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. 3. Se ha declarado disuelta la mercantil "Gure Elkartea, Sociedad Limitada", cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal. 4. La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Donostia–San Sebastián, 15 de abril de 2010.- La Secretaria Judicial.

  3. Otro acto concursal01/02/2010
    ⚖️ SAN SEBASTIÁNProc. 53/2010Auto 22/01/2010

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donostia-San Sebastián, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 53/2010, por auto de 22 de enero de 2010, se ha declarado en concurso voluntario al deudor "Gure Elkartea, Sociedad Limitada", con NIF B20821518, con domicilio en Polígono Industrial Azitain - Módulo número 5 - Eibar, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Eibar. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Donostia-San Sebastián, 22 de enero de 2010.- La Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.