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Concurso de acreedores
GUILLEM DANIEL GESTION SL
CIF B63958656Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 01/06/2013 → 28/04/2016
- Procedimiento
- 216/2013
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Barcelona
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso28/04/2016⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 3 de BarcelonaProc. 216/2013Auto 11/04/2016
D. Francisco Velasco García-Plata, Letrado de la Administración de Justicia sust. del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Barcelona, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 216/2013, en el que se ha dictado auto de archivo del procedimiento por insuficiencia de masa activa de la entidad Guillen Daniel Gestión, S.L., con CIF nº B-63958656, y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de asunto: concurso voluntario 216/2013 sección c1 NIG del procedimiento: 08019-47-12013-8001266 Entidad concursada: Guillen Daniel Gestión, S.L. – con CIF nº B63958656 Tipo de concurso: voluntario Fecha del auto de conclusión: 11-04-2016 Barcelona, 11 de abril de 2016.- Letrado de la Administración de Justicia.
- Declaración de concurso01/06/2013⚖️ BARCELONAProc. 216/2013Auto 23/04/2013
Edicto dando publicidad a la declaración de concurso Doña Natalia Ramos Lain, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 216/2013, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Guillén Daniel Gestión, Sociedad Limitada y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de asunto: Concurso voluntario 216/2013 Sección C1. NIG del procedimiento: 08019-47-1-2013-8001266. Entidad concursada: Guillén Daniel Gestión, Sociedad Limitada, con CIF núm. B63958656. Tipo de concurso: Voluntario. Fecha del auto de declaración: 15/04/2013. Administradores concursales: Don Luis Bielsa Serra, con DNI 40281420W, con correo electrónico [email protected], domicilio Rambla Catalunya, 98, 1.º, 08008 Barcelona (Barcelona), y número de teléfono 934871144. Facultades del concursado: Intervenidas. Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC: Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán, además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de Abogado y Procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse. Barcelona, 23 de abril de 2013.- Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.