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Concurso de acreedores
GUERRA DISTRIBUCION INTEGRAL SL
CIF B87253191Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 8 — 08/05/2018 → 04/03/2026
- Procedimiento
- 1054/2017
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MADRID · SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE MADRID N.º 1 · MERCANTIL - 1
Cronología del expediente
- Otro acto concursal04/03/2026⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MADRID Proc. 1054/2017Juez : MARIA JOSE LORENA OCHOA VIZCAINOAuto 30/10/2023
DECLARACION CONCURSO DE EDUARDO BEJARANO RUA
- Conclusión del concurso04/03/2026⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MADRID Proc. 1054/2017Juez : Eduardo Enrech LarreaAuto 30/10/2023
Declaración de concurso de Maria Antonia Girona Ocaña.
- Conclusión del concurso23/02/2026⚖️ SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE MADRID N.º 1Proc. 1054/2017Juez : JORGE MONTULL URQUIJOAuto 30/10/2023
Se ha decretado la conclusión y archivo del concurso de la Mercantil GUERRA DISTRIBUCION INTEGRAL SL. Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes.
- Otro acto concursal26/10/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MADRID Proc. 1054/2017Juez : MOISES GUILLAMON RUIZAuto 30/10/2023
En Concurso 336/2022 Juzgado Mercantil 18 Madrid, se ha puesto de manifiesto Plan de Liquidación de bienes y derechos del concursado. Deudor y acreedores tienen 15 días para formular observaciones y propuestas de modificación al mismo
- Otro acto concursal26/03/2021⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 1054/2017Juez : ADELA MORENO BLANCOAuto 23/03/2021
Que en el concurso abreviado 1054/2017 voluntario se ha dictado Auto de aprobación del plan de liquidación presentado por la administración concursal. Que se ha acordado la formación de la sección sexta de calificación
- Apertura de liquidación20/11/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MADRID Proc. 1054/2017Juez : MARIA ANGELES GONZALEZ DE LOS SANTOSAuto 05/11/2020
DECLARA CONCURSO CONSECUTIVO MARIA DEL CARMEN NESTA ROSENDE SUSPENDE FACULTADES ABRE LIQUIDACIÓN NOMBRA AC A LA MEDIADORA TERESA PEREIRA JUVINO
- Apertura de liquidación11/11/2020⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 1054/2017Juez : ADELA MORENO BLANCOAuto 05/11/2020
Abrir la fase de liquidación del concurso, con suspensión de facultades del administrador. Se declara disuelta la concursada, 10 días para personarse en la sección sexta
- Otro acto concursal08/05/2018⚖️ MADRIDProc. 1054/2017Auto 16/03/2018
Edicto. El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Madrid, en cumplimiento del art. 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1.- Que en el procedimiento Concurso ordinario 1054/2017, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2017/0176816, por auto de fecha 16 de marzo de 2018, se ha declarado en concurso voluntario, a "Guerra Distribución Integral, S.L.", con nº de identificación B-87253191, y domiciliado en la calle del Mazo, número 1 de Alcorcón (Madrid). 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal 4.- La identidad de la Administración concursal es don Francisco Tomás Íñigo Valdivia, con domicilio postal en calle de Julián Camarillo, n.º 7, 1.ª C, CP 28037, Madrid y dirección electrónica concurso.guerradistribucionintegral@inigoval divia.es, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidad concursal.es. Madrid, 4 de mayo de 2018.- Letrada de la Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.