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Concurso de acreedores

GRW LAW AUDITORES SL

CIF B83014381Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
223/07/201811/11/2019
Procedimiento
701/2018
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil nº 11 de Madrid

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso11/11/2019
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 11 de MadridProc. 701/2018Auto 25/10/2019

    EDICTO Doña María Luisa Pariente Vellisca, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 11 de Madrid, Anuncia 1º.- Que en el procedimiento concursal Concurso Abreviado 701/2018 referente a la mercantil Grw Law Auditores, S.R.L., por auto de fecha 25 de octubre de 2019 se ha declarado la conclusión del concurso de acreedores de la mercantil GRW LAW AUDITORES, S.R.L., con CIF B-83014381. 2º.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación en su caso. 3º.- Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art 178.3, declarar su extinción. Madrid, 4 de noviembre de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, María Luisa Pariente Vellisca.

  2. Otro acto concursal23/07/2018
    ⚖️ MADRIDProc. 701/2018Auto 19/07/2018

    EDICTO Dª María Luisa Pariente Vellisca, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil nº 11 de Madrid, hace saber: 1.- Que en el concurso Concurso Abreviado 701/2018, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2018/0090889, por auto de fecha 19 de julio de 2018, se ha declarado en concurso voluntario que se tramitará por el procedimiento abreviado, a GRW LAW AUDITORES, S.R.L., con nº de identificación B83014381, y domiciliado en C/ Capitán Haya nº 3 de Madrid. 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal. 4.- La identidad de la Administración concursal es Juan Carlos Para Rodríguez-Santana, dirección postal: C/ Zurbano, nº 10,2º, 28010 Madrid y dirección electrónica: [email protected] Ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es Madrid, 19 de julio de 2018.- Dª. María Luisa Pariente Vellisca, Letrado de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.