Inicio›Justicia›GRUPO SUTORIA MODA SL
Concurso de acreedores
GRUPO SUTORIA MODA SL
CIF B54376595Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 16/11/2019 → 10/07/2024
- Procedimiento
- 522/2019
- Juzgado
- Mercantil - 3 · Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Alicante
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso10/07/2024⚖️ Mercantil - 3Proc. 522/2019Juez : FRANCISCO CABRERA TOMASAuto 08/07/2024
SE DECLARA CONCLUIDO EL CONCURSO DE ACREEDORES DE GRUPO SUTORIA MODA SL
- Otro acto concursal31/05/2024⚖️ Mercantil - 3Proc. 522/2019Juez : FRANCISCO CABRERA TOMASAuto 29/05/2024
RENDICIÓN DE CUENTAS
- Declaración de concurso16/11/2019⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 3 de AlicanteAuto 31/10/2019
Edicto Don Jorge Cuéllar Otón, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Alicante con sede en Elche, por el presente, Hago saber: Que por auto de fecha 31 de octubre de 2019 en el procedimiento con número de autos 000522/2019 y N.I.G. 03065-66-1-2019-0000455, se ha declarado en Concurso Abreviado [CNA] Voluntario al concursado Grupo Sutoria Moda, S.L., con domicilio en carretera Matola, kilómetro 3,5 de Elche/Elx (Alicante) y CIF nº B54376595, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al tomo 3330, folio 39, hoja A-114552, representada por el Procurador don Manuel Lara Medina. Facultades del concursado: Intervenido. Administrador Concursal. Que ha sido nombrado don José Carlos Eiroa Sánchez, colegiado del Ilustre Colegio de economistas de Alicante con domicilio postal para notificaciones en avenida Ramón y Cajal nº 6, entresuelo izquierda de Alicante. Dirección de correo electrónica para notificaciones y comunicaciones de crédito: [email protected] y domicilio postal para que los acreedores efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal en avenida Ramón y Cajal nº 6, entresuelo izquierda de Alicante. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento del Administrador concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del presente BOE. Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Examen de autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personación. Se expide el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso conforme al artículo 23 LC. Elche, 12 de noviembre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Jorge Cuéllar Otón.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.