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Concurso de acreedores

GRUPO MASPRETTY SL

CIF B72241359Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
223/05/201618/11/2017
Procedimiento
315/2016

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso18/11/2017
    ⚖️ SEVILLAProc. 315/2016Auto 15/11/2017

    El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 315/2016, negociado 8, con NIG 4109142M20160000759, por auto de 08/11/17 se ha concluido el concurso de GRUPO MASPRETTY, S.L., con CIF B-72241359, cesando la limitación de facultades acordadas respecto del concursado en el auto de declaración. Se declara la extinción de la sociedad concursada. 2.º Se declara el cese del administrador concursal designado, debiendo comparecer a tal efecto en este juzgado en el plazo de 5 días, entregando la credencial. 3.º Librar mandamiento al Registro Mercantil por duplicado, para la inscripción de la conclusión del presente concurso, la extinción de la sociedad y el cierre de la hoja registral de la sociedad concursada, haciendo constar que esta resolución es firme. 4.º Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la Administración Concursal. 5.º Notificar la presente resolución a las partes personadas. 6.º Publicar en el BOE extracto de la presente cuya publicación tendrá carácter gratuito. Contra la presente resolución no cabe interponer recurso alguno. Sevilla, 15 de noviembre de 2017.- Letrada de la Administración de Justicia.

  2. Otro acto concursal23/05/2016
    ⚖️ SEVILLAProc. 315/2016Auto 06/05/2016

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil número uno de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 315/2016, con NIG 4109142M20160000759, por auto de 25/04/16 se ha declarado en concurso voluntario al deudor GRUPO MASPRETTY, S.L., con CIF B-72241359 y domicilio en Carretera de la Esclusa, n.º 11, edificio Galia Puerto, módulo 4.6, planta 4.ª, Sevilla. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la LC. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido: D. MIGUEL RECIO GALLARDO, vecino de Sevilla, con domicilio profesional C/ Espinosa y Cárcel, n.º 28, primero F, CP 41005 Sevilla, Economista, teléfonos 954 63 56 21, Fax 954 654 980 y correo electrónico [email protected] Haciéndose saber que, a tenor de lo dispuesto en el art. 85.2 de la LC, estas comunicaciones han de realizarse directamente a la Administración Concursal, no teniéndose en cuenta los créditos comunicados a este Juzgado. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Sevilla, 6 de mayo de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.