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Concurso de acreedores

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Publicaciones
204/04/201504/04/2015
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Sevilla

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal04/04/2015
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de SevillaAuto 16/03/2015

    EDICTO El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia: Que en el procedimiento número 1422/13, incidente concursal 48/15, referente al deudor Grupo Decuchara SL, con CIF B-91887612, por Auto de fecha 16 de marzo de 2015 se ha acordado lo siguiente: 1. La conclusión del proceso concursal de Grupo Decuchara SL, llevado en este mismo Juzgado con el nº 1422/13. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición. 2. El cese del Administrador Concursal designado, aprobando la rendición de cuentas presentada por el mismo, debiendo devolver la credencial que este Juzgado le extendió en plazo de cinco días. 3. La declaración de extinción de la sociedad Grupo Decuchara, S.L., y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil para su constancia. Dicha declaración de extinción no ha de impedir la subsistencia de su personalidad jurídica para plantear o mantener demandas judiciales en reclamación de los créditos que ostente o crea que le asistan contra otros terceros. Sevilla, 20 de marzo de 2015.- La Secretaria Judicial.

  2. Otro acto concursal04/04/2015
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de SevillaAuto 16/03/2015

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia Que en el procedimiento número 1422/13, incidente concursal 48/15, referente al deudor Grupo Decuchara, S.L., con CIF B-91887612, por Auto de fecha 16 de marzo de 2015 se ha acordado lo siguiente: 1.-La conclusión del proceso concursal de Grupo Decuchara, S.L., llevado en este mismo Juzgado con el n.º 1422/13. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición. 2.-El cese del Administrador concursal designado, aprobando la rendición de cuentas presentada por el mismo, debiendo devolver la credencial que este juzgado le extendió en plazo de cinco días. 3.-La declaración de extinción de la sociedad Grupo Decuchara, S.L. y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil para su constancia. Dicha declaración de extinción no ha de impedir la subsistencia de su personalidad jurídica para plantear o mantener demandas judiciales en reclamación de los créditos que ostente o crea que le asistan contra otros terceros. Sevilla, 17 de marzo de 2015.- La Secretaria judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.