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Concurso de acreedores

GRUPO CONSTRUCTOR SESHAT SOCIEDAD LIMITADA

CIF B91296913Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
716/06/200906/11/2020
Procedimiento
63/2009 · 266/2009 · 1/2020
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE SEVILLA · Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Sevilla

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal06/11/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE SEVILLA Proc. 63/2009Juez : MARIA TERESA TRINIDAD SANTOSAuto 15/09/2020

    Finalizada fase de convenio y apertura de la fase de liquidación.

  2. Otro acto concursal06/11/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE SEVILLA Proc. 63/2009Juez : Javier Lanzos SanzAuto 15/09/2020

    Declaro a Juan Carlos Fernández Rodríguez en concurso de acreedores voluntario; que serà tramitado por el procedimiento abreviado (...).

  3. Conclusión del concurso06/11/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE SEVILLA Proc. 63/2009Juez : MARIA TERESA TRINIDAD SANTOSAuto 15/09/2020

    Se homologa el acuerdo de refinanciación. El acuerdo tendrá la naturaleza de transacción judicial. Se acuerda la prohibición de iniciar ejecuciones singulares por parte de las entidades acreditantes respecto de la Deuda Afectada.

  4. Declaración de concurso09/10/2020
    ⚖️ SEVILLAProc. 266/2009Auto 06/10/2020

    EDICTO EL Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla (sección segunda), anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 266/2009 - 6 -, con nig 4109142M20090001714, por auto de fecha de su firma electrónica se ha declarado la conclusión del concurso de la entidad SESHAT GESTIÓN INMOBILIARIA, S.L., con cif B91296913 y cuya parte dispositiva es la siguiente: " PARTE DISPOSITIVA Acuerdo: 1.- Declarar la conclusión del concurso de SESHAT GESTIÓN INMOBILIARIA, S.L. 2.- Archivar las actuaciones. 3.- Declarar la cancelación de todas las anotaciones o inscripciones efectuadas en virtud de la declaración del concurso. 4.- Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición de la concursada hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación. 5.- El cese de la Administración concursal designada, debiendo devolver la credencial original en el plazo de 5 días como documento adjunto a escrito presentado ante el Juzgado Decano de Sevilla o bien devolverla mediante correo postal dirigido a la sede de este Juzgado. 6.- La extinción de la entidad SESHAT GESTIÓN INMOBILIARIA, S.L., debiendo cancelarse su inscripción en los registros públicos que corresponda, sin perjuicio del mantenimiento de su personalidad jurídica a los efectos de ser centro residual de imputaciones. 7.- Aprobar la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal. 8.- Dar la publicidad registral necesaria prevista en los artículos 557 y 558 del Texto Refundido de la Ley Concursal, debiendo remitirse los respectivos mandamientos a los registros correspondientes para la inscripción de la presente resolución. 9.- Notificar la presente resolución a las mismas personas a las que se hubiera notificado la declaración de concurso a la Administración concursal, a la concursada, a las partes personadas, y a cualquiera otra a la que hubiera debido notificarse la declaración de concurso (artículo 482 del Texto Refundido de la Ley Concursal), haciéndoles saber que la misma es FIRME (artículo 481.1 del Texto Refundido de la Ley Concursal). Así lo acuerda, manda y firma, don Juan Francisco Santana Miralles, Juez titular que ocupa plaza de Juez de Adscripción Territorial del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, adscrito a los Juzgados de lo Mercantil de Sevilla en funciones de refuerzo. Doy fe.– El Juez, la Letrada de la Administración de Justicia. Sevilla, 6 de octubre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Doña Ana María Gullón Gullón.

  5. Otro acto concursal21/09/2020
    ⚖️ SEVILLAProc. 1/2020Auto 16/09/2020

    El Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla, Sección Segunda, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35 del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal, Anuncia Que en el procedimiento número 63/09-2, referente al deudor Grupo Constructor Seshat, S.L., con C.I.F. B-91296913, y domicilio en calle Rafael Alberti, nº 120-A de Los Palacios y Villafranca (Sevilla), por auto de fecha 15/09/20 se ha acordado lo siguiente: 1.- La conclusión del proceso concursal de la entidad Grupo Constructor Seshat, S.L., llevado en este mismo Tribunal con el nº 63/09. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición. 2.- El cese del Administrador Concursal designado, aprobando la rendición de cuentas presentada por el mismo, debiendo devolver la credencial que este tribunal le extendió en plazo de cinco días. 3.- La declaración de extinción de la sociedad Grupo Constructor Seshat, S.L., y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil para su constancia. Dicha declaración de extinción no ha de impedir la subsistencia de su personalidad jurídica para plantear o mantener demandas judiciales en reclamación de los créditos que ostente o crea que le asistan contra otros terceros. Sevilla, 16 de septiembre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Ana María Gullón Gullón.

  6. Otro acto concursal30/09/2009
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de SevillaProc. 266/2009Auto 07/09/2009

    El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Sevilla en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Anuncia 1.º Que en el procedimiento número 266/2009, por auto de 07/09/2009 se ha declarado en concurso Voluntario el deudor Seshat Gestión Inmobiliaria S.L., con N.I.F. B-91296913, cuyo domicilio y centro de principales intereses lo tiene en Los Palacios y Villafranca (Sevilla), C/ Rafael Alberti nº 120. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de us créditos en la forma y con los datos expresaos en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer n el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Sevilla, 7 de septiembre de 2009.- La Secretaria Judicial.

  7. Otro acto concursal16/06/2009
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 2 de SevillaProc. 63/2009Auto 27/05/2009

    El Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Sevilla en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 63/2009, por auto de veintisiete de mayo de 2009 se ha declarado en concurso Voluntario al deudor GRUPO CONSTRUCTOR SESHAT SL, con N.I.F. B-91296913, domicilio en CL. Rafael Alberti 120-A de Los Palacios y Villafranca, Sevilla. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Sevilla, 27 de mayo de 2009.- La Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.