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Concurso de acreedores
GRUPO AVANTALIA SL
CIF B97533582Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 22/09/2009 → 22/11/2014
- Procedimiento
- 83/2009
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil 3 de Valencia
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso22/11/2014⚖️ Juzgado de lo Mercantil 3 de ValenciaProc. 83/2009Auto 06/10/2014
D.ª Cristina María Valero Domenech, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil 3 de Valencia, por el presente hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores 83/2009, habiéndose dictado en fecha 6/10/14 por el Ilmo Sr.Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto firme de conclusión voluntario, cuya parte dispositiva es el siguiente tenor: 1. Se declara la conclusión del concurso abreviado voluntario tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 83/09, promovido por la Procuradora Domingo Boluda, M.ª del Mar, en nombre y representación de la mercantil Grupo Avantalia, S.L., y el archivo de las presentes actuaciones sin más trámites. 2. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. 3. Se acuerda disponer el cese del Administador concursal D. José Joaquín Mir Plana, con el DNI 19851680N, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal. 4. Se acuerda declarar la extinción de la mercantil Grupo Avantalia, S.L., con CIF B-97533582, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto expidase testimonio y mandamiento por duplicado al registro mecantilde Valencia, ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno(art.177LC) y tiene carácter de firme. 5. Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 26/05/2014. Notifíquese la presente resolución a las admisitración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art.177LC). Así por este auto lo pronuncia, manda y firma el Ilmo Sr. D. Jose M.ª Cutillas Torns, Magistrado Juez de este Juzgado. Doy fe. Valencia, 6 de octubre de 2014.- La Secretaria judicial.
- Declaración de concurso22/09/2009⚖️ VALENCIA.Auto 03/06/2009
Doña Ana Escrivá Crespo, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, por el presente hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores 83/09 habiéndose dictado en fecha 3 de junio de 2009 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de Grupo Avantalia, S.L., con CIF B-97533582, decretándose la intervención de las facultades de la mercantil, expidiéndose el presente Edicto a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación en el BOE, puedan comunicar los créditos en los términos del artículo 85. Valencia, 3 de junio de 2009.- La Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.