Inicio›Justicia›GRUP TAU ICESA SL
Concurso de acreedores
GRUP TAU ICESA SL
CIF B63635650Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 31/03/2012 → 20/09/2023
- Procedimiento
- 163/2012
- Juzgado
- Mercantil - 4
Cronología del expediente
- Otro acto concursal20/09/2023⚖️ Mercantil - 4Proc. 163/2012Juez : MONTSERRAT PALOMER BOUAuto 10/08/2023
El anterior escrito presentado por la administración concursal en el que solicita la conclusión de concurso y aporta la rendición de cuentas, queda incorporado al procedimiento.
- Declaración de concurso31/03/2012⚖️ BARCELONAProc. 163/2012Auto 02/03/2012
Edicto de Declaración de Concurso Antonio Cidraque Arias, Secretario del Juzgado Mercantil número 4 de Barcelona, dicto el presente Edicto al objeto de dar publicidad al Auto de Declaración de Concurso dictado por este Juzgado. Número de Asunto.- 163/2012-J. Fecha del Auto de Declaración de Concurso: 1 de marzo de dos mil doce. Clase de Concurso: Voluntario. Entidad Concursada: Grup Tau-Icesa, Sociedad Limitada, con domicilio Barcelona, calle Plató, número 6, y CIF número CIF B63635650. Administración Concursal: Lugar Abogados y Asociados, S.L.P. Calle Hurtado, número 25, Barcelona 08022. [email protected] Régimen de Facultades del Concursado: Intervenidas. Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado. Forma de Personación.- Los acreedores pueden personarse en el procedimiento por medio de Abogado y Procurador. La personación se efectuará ante la Unidad de Apoyo Concursal de los Juzgados Mercantiles de Barcelona. La lista de acreedores puede consultarse en la Secretaría del Juzgado, sita en Gran Vía de les Corts Catalanes, número 111, edificio C, planta 12, de Barcelona. Barcelona, 2 de marzo de 2012.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.