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Concurso de acreedores
GRUP PALET GESTORIA SL
CIF B61920609Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 28/03/2015 → 27/06/2019
- Procedimiento
- 132/2015
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE BARCELONA
Cronología del expediente
- Otro acto concursal27/06/2019⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE BARCELONAProc. 132/2015Auto 13/05/2019
Cese de Administrador concursal
- Otro acto concursal28/03/2015⚖️ BARCELONAProc. 132/2015Auto 11/03/2015
Don José Maria Valls Soriano, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de los de Barcelona y provincia, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 132/2015 en el que se ha dictado con fecha 02.03.2015 auto declarando en estado de concurso a la entidad Grup Palet Gestoría, S.L., con CIF B61920609 y mandando darle publicidad con los siguientes datos: NIG del procedimiento: 08019-47-1-2015-8001285. Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la Administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso. Concursada: Grup Palet Gestoríam S.L., con domicilio en c/ Letamendi, 1-2, 08007-Barcelona. Administrador concursal: Don Oriol Ripoll Pañella, con domicilio en Av. Diagonal, 482, 1.º, 1.ª, de Barcelona, con correo electrónico [email protected] Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al artículo 85 de la Ley Concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la Administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Barcelona, 11 de marzo de 2015.- El Secretario judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.