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Concurso de acreedores

GROPPY FINANZAS SL

CIF B35932615Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
515/04/201919/10/2021
Procedimiento
64/2019 · 64/2009
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA · MERCANTIL - 1 · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal19/10/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Proc. 64/2019Auto 12/05/2021

    Cese de las limitaciones de las facultades de administración

  2. Otro acto concursal19/10/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Proc. 64/2019Juez : MIGUEL ANGEL CHAMORRO GONZALEZAuto 12/05/2021

    1. Debo declarar y declaro a la deudora DOÑA MARGARITA ROS ALEN, con DNI número 35.096.214-P, persona física no empresaria, en situación de concurso con todos los efectos que ello conlleva, en concreto:

  3. Conclusión del concurso08/06/2021
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 64/2009Juez : ALBERTO LÓPEZ VILLARRUBIAAuto 12/05/2021

    AUTO DE CONCLUSIÓN DEL CONCURSO

  4. Conclusión del concurso05/02/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Proc. 64/2019Juez : JOSE MARIA CASASOLA DIAZAuto 12/05/2021

    Apertura Sección 34.1/2008

  5. Otro acto concursal15/04/2019
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran CanariaProc. 64/2019Auto 10/04/2019

    Edicto Don Eduardo José Rebollo Sanz, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria, por el presente, Hace saber: 1. Que en el procedimiento concursal número 64/2019, se ha dictado en fecha 27/02/2019 auto declarando el concurso de la mercantil GROPPY FINANZAS, S.L.U., con CIF B-35932615, que se tramitará por las normas del procedimiento abreviado, y en el que se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado respecto de su patrimonio. 2. Que se ha designado como administrador concursal a D. Miguel Santiago Cervera Cantón, quien ha señalado como domicilio postal el sito en c/ Reyes Católicos n.º 20, bajo, oficina 5 de Las Palmas de Gran Canaria y como dirección electrónica [email protected] para que los acreedores, a su elección, y en la forma prevista en el art. 85 de la Ley Concursal, efectúen la comunicación de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial del Estado. La comunicación de créditos se hará exclusivamente en el domicilio designado por la administración concursal y no producirá efectos la comunicación de créditos realizada directamente al juzgado. 3. Que las publicaciones que traigan causa del concurso se publicarán el Registro Público Concursal, www.publicidadconcursal.es Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto. Las Palmas de Gran Canaria, 10 de abril de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, Eduardo José Rebollo Sanz.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.