Concurso de acreedores
GREFER SL
CIF B08392359Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 17/12/2012 → 10/02/2026
- Procedimiento
- 718/2012
- Juzgado
- SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE BARCELONA N.º 5
Cronología del expediente
- Otro acto concursal10/02/2026⚖️ SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE BARCELONA N.º 5Proc. 718/2012Juez : Florencio Molina LopezAuto 09/02/2026
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- Declaración de concurso17/12/2012⚖️ BARCELONAProc. 718/2012Auto 14/11/2012
Edicto dando publicidad a la declaración de concurso Don Francisco Velasco García-Plata, Secretario del Juzgado Mercantil número 5 de Barcelona, dicto el presente edicto: Juzgado: Mercantil número 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, n.° 111 Edificio C, 12.ª planta. Número de asunto: Concurso voluntario 718/2012 4. Tipo de concurso: Voluntario. Entidad instante del concurso y NIF: Grefer, S.L., B-08.392.359. Fecha del auto de declaración: 14 de noviembre de 2012. Administradores concursales: Don Joan Arisa Inglada, con NIF DNI núm. 35.117.381-S, domiciliada en c/ Madrazo, 115, Entlo. 1.º, de Barcelona (08021), como Economista, con correo electrónico [email protected] Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Dado en Barcelona a, 16 de noviembre de 2012.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.