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Concurso de acreedores
GREEN PLUMBER SL
CIF B24632572Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 4 — 04/07/2017 → 14/09/2022
- Procedimiento
- 675/2016
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE MADRID · MERCANTIL - 4
Cronología del expediente
- Otro acto concursal14/09/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE MADRID Proc. 675/2016Juez : DON JORGE MONTULL URQUIJOAuto 13/04/2021
Cese de las limitaciones de las facultades de administración
- Conclusión del concurso14/09/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE MADRID Proc. 675/2016Juez : DON JORGE MONTULL URQUIJOAuto 13/04/2021
Auto de conclusión de concurso
- Conclusión del concurso06/09/2022⚖️ MERCANTIL - 4Proc. 675/2016Juez : JORGE MONTULL URQUIJOAuto 13/04/2021
CONCLUSION Y ARCHIVO DEL CONCURSO SEGUN ACORDADO POR AUTO DE FECHA 13/4/21 POR INSUFIENCIA DE MASA ACTIVA
- Otro acto concursal04/07/2017⚖️ MADRIDProc. 675/2016Auto 12/05/2017
D.ª M.ª Jesús Rodríguez Fernández Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 4 de Madrid, hace saber: 1.- Que en el concurso Concurso Abreviado 675/2016, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2016/0163727, por auto de fecha 12/5/17, se ha declarado en concurso voluntario, que e tramitará por el procedimiento abreviado, a Green Plumber, S.L., con n.º de identificación B-24632572, y domiciliado en (Madrid). 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado". 3.- Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, sustituido por la Administración concursal. 4.- La identidad de la Administración concursal es D. Conrado López, con domicilio postal en C/ Serrano, 63, 2.º, D, 28006 Madrid, y dirección electrónica [email protected], ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de abogado y procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es 7.- Que el concursado ha solicitado la liquidación de su patrimonio. Madrid, 12 de mayo de 2017.- La Letrado de la Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.