InicioJusticiaGREEN BUILDING SA

Concurso de acreedores

GREEN BUILDING SA

CIF A28458503Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
225/11/201411/11/2017
Procedimiento
444/2014
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de Madrid

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal11/11/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de MadridProc. 444/2014Auto 02/11/2017

    Edicto D.ª María Jesús Palmero Sandín, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: Que en el procedimiento concursal necesario número 444/2014 referente al concursado Green Building, S.A.U., A28458503, se ha dictado auto de fecha 02.11.2017 en el que se ha acordado lo siguiente: La conclusión y archivo del concurso de Green Building, S.A.U. cesando a todos los efectos de la declaración del concurso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. 176 bis 2 y 3. Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art 178.3, declarar su extinción. El cese en su cargo del administrador concursal Pedreño Abogados y Economistas, S.L.P., aprobándose las cuentas formuladas. Madrid, 2 de noviembre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

  2. Otro acto concursal25/11/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 7 de MadridProc. 444/2014Auto 04/11/2014

    Edicto Doña Virginia Montejo Labrada, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil nº 7 de Madrid, en cumplimiento de los dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (L.C.), Anuncia: 1.º Que en el procedimiento concursal registrado como CNA 444/2014 con el número de identificación general (NIG): 2807900220140100049, por Auto de 4 de noviembre de 2014, se ha declarado en concurso voluntario a la mercantil GREEN BUILDING, S.A.U, con CIF: A-28458503, y con domicilio social en Madrid, calle Luis Mitjans, 18. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC por correo ordinario o en cualquiera de los medios admitidos en derecho, directamente, no siendo válida la comunicación que se dirija directamente al Juzgado, en el domicilio de la administración concursal que es el siguiente: PEDREÑO ABOGADOS Y ECONOMISTAS, SOCIEDAD LIMITADA PROFESIONAL, con domicilio en la calle General Moscardó, 27, apartamento 708, 28020, Madrid. Teléfono: 91 220 31 97. Fax: 91 123 77 57. Email: [email protected] 4.º El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 12 de noviembre de 2014.- La Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.