Inicio›Justicia›GRANJA HORTALEZA SL
Concurso de acreedores
GRANJA HORTALEZA SL
CIF B81240822Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 17/09/2013 → 12/12/2024
- Procedimiento
- 240/2013
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 8 DE MADRID · Juzgado de lo Mercantil N.º 8 de Madrid
Cronología del expediente
- Otro acto concursal12/12/2024⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 8 DE MADRID Proc. 240/2013Juez : MARIA DEL CARMEN SANCHEZ MORENOAuto 19/11/2024
Declaro a Rosa Castell Cobo en concurso de acreedores consecutivo, que será tramitado por el procedimiento abreviado, en relación con las especialidades del concurso consecutivo.
- Conclusión del concurso28/05/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 8 DE MADRID Proc. 240/2013Juez : MARCOS BERNUDEZ AVILAAuto 19/11/2024
Se ha dictado el 17/05/2022 auto que declara concluido el concurso y acuerda el archivo de las actuaciones por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa,
- Otro acto concursal17/09/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil N.º 8 de MadridAuto 05/09/2013
Edicto Don Miguel Ángel Acevedo González, Secretario del Juzgado de lo Mercantil N.º 8 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º- Que en el procedimiento número 240 /2013, por auto de 5 de septiembre de 2013, se ha declarado en concurso Voluntario al deudor Granja Hortaleza, S.L., con domicilio en avd. de Alcalá, n.º 18, de Talamanca del Jarama (Madrid), y CIF B-81240822. 2.º- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal designada, ILP Concursal, S.L.P., con despacho profesional en P.º de la Castellana, 144, 3.º, Madrid, 28046, teléfono 91458.24.92, fax 91.457.53.32 y correo electrónico [email protected] la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito y se dirigirá a la administración concursal al domicilio o correo electrónico expresado, con indicación de la identidad, domicilio y NIF del acreedor, debiendo indicar un domicilio o dirección de correo electrónico a los efectos de su relación con la administración concursal. No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguna. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4.º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 9 de septiembre de 2013.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.