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Concurso de acreedores

GRAFINAVE SL

CIF B29373933Ver la ficha de la empresa →

Publicaciones
4 — 24/09/2011 → 02/02/2021
Procedimiento
489/2011
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MÁLAGA · Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Málaga

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal02/02/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MÁLAGA Proc. 489/2011Juez : ISABEL CONEJO BARRANCOAuto 14/12/2020

    Cese de Administrador concursal

  2. Conclusión del concurso02/02/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MÁLAGA Proc. 489/2011Juez : ISABEL CONEJO BARRANCOAuto 14/12/2020

    Auto de conclusión de concurso

  3. Conclusión del concurso28/01/2021
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 2 de MálagaProc. 489/2011Auto 14/12/2020

    Edicto. Doña Ana Isabel del Pozo Aguilar, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Málaga, por el presente, Hago saber: Que en el procedimiento de concurso voluntario abreviado nº 489/2011 seguido en este Juzgado se ha dictado auto de conclusión por terminación de las operaciones de liquidación de la entidad Grafinave SL, con cif B29373933, cesando las imitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor. Cesando la administración concursal, aprobando su rendición de cuentas. Se acuerda la extinción de la sociedad. Málaga, 14 de diciembre de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Ana Isabel del Pozo Aguilar.

  4. Otro acto concursal24/09/2011
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de MálagaProc. 489/2011Auto 09/09/2011

    Edicto. El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Málaga en cumplimiento de la dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 489/2011, por auto de 9 de septiembre de 2011 se ha declarado en concurso voluntario a la deudora "Grafinave, S.L.", con C.I.F. B-29373933, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga. 2.º Que la deudora conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores de la consursada deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el "Boletín Oficial del Estado". 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC ). Málaga, 9 de septiembre de 2011.- El/la Secretario/a Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.