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Concurso de acreedores
GRAFICAS TORCA SL EN LIQUIDACION
CIF B14028732Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 06/11/2010 → 23/06/2014
- Procedimiento
- 480/2009
Cronología del expediente
- Otro acto concursal23/06/2014⚖️ CÓRDOBAProc. 480/2009Auto 04/03/2013
El Juzgado de lo Mercantil de Córdoba, Anuncia: Que en el procedimiento concursal n.º 480/2009, referente al concursado Gráficas Torca, S.L., con CIF B14028732, por auto de fecha 4 de marzo de 2013 se ha acordado la aprobación del plan de liquidación presentado en su día, y al que deberán atenerse las operaciones de liquidación de la masa activa, ajustándose en lo no previsto a las reglas de los artículos 149 y 151 de la Ley Concursal Córdoba, 9 de abril de 2014.- El/la Secretario judicial.
- Otro acto concursal06/11/2010⚖️ CÓRDOBAProc. 480/2009Auto 08/07/2010
Edicto El Juzgado de Primera Instancia número 9 y Mercantil de Córdoba en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: Primero.- Que en el procedimiento número 480/2009, por auto de 8 de julio de 2010 se ha declarado en concurso necesario abreviado al deudor Gráficas Torca, S.L. con N.I.F. B-14028732, domicilio en Antigua Carretera N. IV, Km 388, 14610 Alcolea, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Córdoba. Segundo.- Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal. Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y en los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Córdoba, 12 de julio de 2010.- El/La Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.