Inicio›Justicia›GRADOMAR SA

Concurso de acreedores

GRADOMAR SA

CIF A08230666Ver la ficha de la empresa →

Publicaciones
2 — 28/05/2012 → 14/06/2018
Procedimiento
298/2012
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Barcelona hago saber

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso14/06/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Barcelona hago saberProc. 298/2012Auto 06/06/2018

    D. Luis Miguel Gonzalo Capellín, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Barcelona hago saber que: En el Concurso Voluntario nº 298/2012-D se dictó auto de conclusión por insuficiencia de masa en fecha 22-5-2018 del concurso de GRADOMAR, S.A., con CIF Nº A-08230666. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Barcelona, 6 de junio de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia, Luis Miguel Gonzalo Capellín.

  2. Otro acto concursal28/05/2012
    ⚖️ BARCELONAProc. 298/2012Auto 25/04/2012

    Doña Ana Eisman Curto, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil 1 de Barcelona, Hace saber: Que en los autos con NIG 08019-47-1-2011-8005635, y n.º 298/2012G, se ha declarado concurso voluntario abreviado principal de "Gradomar, S.A.", de fecha 25 de abril de 2012, "Gradomar, S.A.", con CIF A08230666, y domicilio social sito en calle Tuset, número 8, cuarto, de Barcelona, en el que se ha decretado la intervención de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento. El administrador concursal es "Eve Administración Concursal, S.L.P.", que ha designado a don Juan Rojas Graell, para ejercer dicho cargo, con domicilio en passeig de Gracia, 120, segundo derecha, 08008 Barcelona, y correo electrónico [email protected]. Conforme a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Concursal los acreedores de la concursada deberán poner sus créditos en conocimiento de la administración concursal con domicilio sito en Passeig de Gracia, 120, segundo derecha, 08008 Barcelona, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación deberá efectuarse en un plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" y expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicará además, los bienes o derecho a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicades resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica, en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda ya representen salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas. Barcelona, 9 de mayo de 2012.- Secretario judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.