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Concurso de acreedores
GOLF ALCORCON SL EN LIQUIDACION
CIF B84166271Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 4 — 25/07/2015 → 11/12/2023
- Procedimiento
- 67/2015
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MADRID · Mercantil - 2
Cronología del expediente
- Otro acto concursal11/12/2023⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MADRID Proc. 67/2015Juez : GUILLERMO FERNANDEZ GARCIAAuto 26/10/2023
CONCLUSION
- Conclusión del concurso14/11/2023⚖️ Mercantil - 2Proc. 67/2015Juez : D. ANDRES SANCHEZ MAGROAuto 26/10/2023
AUTO CONCLUSIÓN DE CONCURSO
- Conclusión del concurso03/03/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MADRID Proc. 67/2015Juez : GUILLERMO FERNANDEZ GARCIAAuto 26/10/2023
CONCLUSION
- Otro acto concursal25/07/2015⚖️ MADRIDProc. 67/2015Auto 23/06/2015
Don Enrique Calvo Vergara, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de los de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 67/2015, por auto de nueve de junio de dos mil quince se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor GOLF ALCORCÓN, S.L., con C.I.F. N.º B-84166271, con domicilio en la calle Luis Mitjans, 18, de Madrid. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la presente publicación. Lugar para tal comunicación: 1.- Por presentación o remisión a la dirección: "Administación Concursal del concurso de GOLF ALCORCÓN, S.L., dirección: calle Alcalá, 97, 4.º-D, 28080 Madrid, A/A: Don JOSÉ LUIS CALBO SILVESTRE, Tel.96 552 56 39/Fax.: 96 552 52 25. 2.- También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. Dirección de correo electrónico: [email protected] Para el caso de que algún crédito fuera presentado en el Juzgado, se tendrá por no comunicado. 4.º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado ( art. 184.3 LC). Madrid, 23 de junio de 2015.- Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.