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Concurso de acreedores
GLAD GESTIO SL
CIF B65636532Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 04/11/2020 → 08/05/2023
- Procedimiento
- 2562/2019
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 10 DE BARCELONA · MERCANTIL - 10 · Juzgado de lo Mercantil nº 10 de Barcelona
- Administración concursal
- Emilio Segura Fernández
Cronología del expediente
- Otro acto concursal08/05/2023⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 10 DE BARCELONAProc. 2562/2019Juez : LUCIA MARTINEZ OREJASAuto 11/02/2020
Nombramiento de Administrador concursal
- Conclusión del concurso12/09/2022⚖️ MERCANTIL - 10Proc. 2562/2019Juez : Ignacio Fernandez de SenespledaAuto 01/09/2022
ver edicto
- Declaración de concurso04/11/2020⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 10 de BarcelonaProc. 2562/2019Auto 11/02/2020
EDICTO Mª José Hompanera González, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 10 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, Hago saber: Número de asunto. Concurso abreviado 2562/2019-C. NIG: 0801947120198015194. Fecha del auto de declaración. 11 de febrero de 2020 y su aclaración de fecha 4 de marzo de 2020. Clase de concurso. Voluntario abreviado. Entidad concursada. GLAD GESTIO, S.L., con CIF: B65636532. Administradores concursales. Se ha designado como Administrador concursal: Emilio Segura Fernández. Dirección postal: Calle Roger de Llúria 93, 1º 1ª, 08009 - Barcelona. Dirección electrónica: [email protected] Régimen de las facultades del concursado. intervenidas. Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la Administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un MES a contar desde la publicación. La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en avenida Gran Via de les Corts Catalanes 111, (Edifici C) - Barcelona. Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Abogado (artículo 184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles. Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es Barcelona, 6 de marzo de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Mª José Hompanera González.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.