InicioJusticiaGIROCLIMA R22 SL

Concurso de acreedores

GIROCLIMA R22 SL

CIF B17775750Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
323/04/200909/11/2020
Procedimiento
150/2009
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE GIRONA

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal09/11/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE GIRONA Proc. 150/2009Juez : MARIA LUZ LOSADA VIMEAuto 24/04/2018

    SE DECLARA EN SITUACION DE CONCURSO VOLUNTARIO Y CONSECUTIVO.SE NOMBRA ADMINISTRADOR CONCURSALA Dª CARMEN ALVAREZ ALAMEDA [email protected]

  2. Conclusión del concurso09/11/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE GIRONA Proc. 150/2009Juez : LORENA AFRICA SANCHEZ CASANOVAAuto 24/04/2018

    Poner de manifiesto en la Oficina Judicial para conocimiento de los interesados el plan de liquidación de los bienes y derechos del deudor presentado por la administración concursal.

  3. Otro acto concursal23/04/2009
    ⚖️ GIRONA.Proc. 150/2009Auto 17/03/2009

    EDICTO El Juzgado de Primera Instancia número seis, con funciones de Mercantil de Girona, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1. Que en el procedimiento número 150/2009, por auto de diecisiete de Marzo de 2009 se ha declarado en concurso voluntario ordinario, al deudor " Giroclima R22 S.L., con domicilio en calle Garbí, 18, Sant Julia de Ramis (Girona) y CIF B17775750. 2. Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el/los periódicos Diari de Girona. 3. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 de la Ley Concursal). Girona, 17 de marzo de 2009.- Secretario Judicial, José Antonio Marquínez Beitia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.