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Concurso de acreedores
GIMENO DIFUSION SL
CIF B12067799Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 09/05/2012 → 26/06/2018
- Procedimiento
- 6/2018
Cronología del expediente
- Declaración de concurso26/06/2018⚖️ CASTELLÓN DE LA PLANAProc. 6/2018Auto 06/06/2018
D./D.ª Jorge González Rodríguez, Letrado titular de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil num. 1, de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 23 de la Ley Concursal, hago saber: Primero: Que por auto de fecha 1/6/2018, dictado en el procedimiento de Concurso Abreviado [CNA], n.º 000076/2012, N.I.G. n º 12040-66-2-2012-0000093, seguido en este Juzgado, se ha decretado la conclusión del concurso voluntario y abreviado que se ha seguido frente al deudor Gimeno Difusión, S.L., domiciliado en polígono La Rambla, calle E, Parcela I-I, Almazora, Castellón y C.I.F./D.N.I. número B12067799. Segundo: Mediante la resolución antedicha se ha acordado además de la conclusión del concurso las siguientes medidas insertas en su parte dispositiva que a continuación se inserta: Parte Dispositiva: "...1.-Acordar la Conclusión del concurso de Gimeno Difusión, S.L., seguido bajo el número concurso abreviado [CNA], número 000076/2012-III., y el archivo de las presentes actuaciones con todos los efectos que son legal y necesaria consecuencia de ello. 2.-Declarar aprobadas las cuentas rendidas por la administración concursal así como el cese en su cargo del administrador concursal. 3.-En particular, acordar la extinción de la entidad Gimeno Difusión, S.L., disponiendo la cancelación de su inscripción en los registros públicos correspondientes. 4.-El presente auto se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de la LC y se dará al mismo la publicidad prevista en el segundo párrafo de dicho precepto y en el artículo 24 de la propia LC (artículo 177.3 de la LC). 5.-A efectos de la cancelación de la inscripción, expídanse oportunos mandamientos conteniendo testimonio de la resolución firme (artículo 178.3 de la LC) a los registros públicos que correspondan. 6.-Llévese el original al libro de autos y déjese testimonio en las actuaciones sección primera del concurso. 7.-Notífiquese el presente auto a la administración concursal, a la concursada, y a cuantos acredores se hayan personado en el concurso. .." Castellón, 6 de junio de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.
- Otro acto concursal09/05/2012⚖️ CASTELLÓN DE LA PLANAAuto 17/04/2012
D./D.ª Ramiro Monforte Altaba, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. Uno de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 23 de la Ley Concursal, Hago Saber: Primero: Que por Auto de fecha 5-4-12, dictado en el procedimiento de Concurso Abreviado, n.º 000076/2012, N.I.G. n.º 12040-66-2-2012-0000093, seguido en este Juzgado, se ha declarado en Concurso voluntario y abreviado al deudor "Gimeno Difusión, S.L.", domiciliado en Polígono La Rambla Calle E Parcela i-I, Almazora y C.I.F./D.N.I. número B-12067799. Segundo: Que se ha determinado el régimen de intervención de las facultades de administración y disposición de su patrimonio por el concursado. Tercero: Que se ha designado como Administrador/es Concursal/es a D.ª María Alacreu Carbonell, con domicilio en C/ María Rosa Molas 13 Bis Entlo. 12004 Castellón y dirección electrónica [email protected], a través de los cuales podrán los acreedores, a su elección efectuar la comunicación de sus créditos, de conformidad con el artículo 85 LC. Cuarto: Que el plazo para comunicar los créditos a la administración concursal será de Un Mes a contar desde el siguiente a la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. Quinto: La comparecencia en el procedimiento, mediante escrito al efecto dirigido a este Juzgado, deberá realizarse mediante representación por Procurador/a y asistencia de Letrado/a, sin perjuicio de lo previsto para la representación y defensa de los trabajadores y de las Administraciones Públicas. Castellón, 17 de abril de 2012.- El/la Secretario judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.