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Concurso de acreedores
GEYCA GESTION Y CALIDAD SL EN LIQUIDACION
CIF B47376579Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 1 — 27/07/2013 → 27/07/2013
- Procedimiento
- 307/2013
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Valladolid
Cronología del expediente
- Declaración de concurso27/07/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de ValladolidProc. 307/2013Auto 01/07/2013
D.ª M.ª Begoña Ozamiz Bageneta, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Valladolid, por el presente, hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con nº 307/2013B y NIG nº 47186 47 1 2013/0000339 se ha dictado en fecha 1 de julio de 2013, Auto de declaración de concurso voluntario del deudor Geyca Gestión y Calidad, S.L., con CIF B47376579, cuyo centro de intereses principales lo tiene en C/ Recondo, s/n, Jardines de Renfe, 47007 Valladolid. 2º.- Se ha acordado que la deudora conservará las facultades de administración y disposición sobres su patrimonio sometidas a la intervención de la administración concursal, mediante su autorización. Se ha designado, como administración concursal a la economista/auditora Ana Belén Vidal Sevillano, con domicilio postal en la calle Claudio Moyano, nº 5, 1º dcha., 47001 Valladolid y dirección electrónica señalada: [email protected], para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. No teniendo validez las comunicaciones de crédito dirigidas a este Juzgado. 3º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes, a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal www.publicidadconcursal.es Valladolid, 9 de julio de 2013.- El/La Secretario/a Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.