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Concurso de acreedores
GESTION INTEGRAL DE OBRAS PRIMOSA SL
CIF B10419224Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 11/03/2017 → 09/03/2018
- Procedimiento
- 429/2016
Cronología del expediente
- Declaración de concurso09/03/2018⚖️ CÁCERESAuto 28/02/2018
Don Juan Fernando Montero Manchado, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 y Mercantil de Cáceres, Anuncia Que en el concurso 0000429/2016, referente al concursado Gestión Integral de Obras Primosa, S.L., por Auto de fecha 28 de febrero de 2018, se ha acordado lo siguiente: 1. - Declarar la conclusión del concurso, por estar en el supuesto de insuficiencia de la Masa activa para satisfacer los créditos contra la masa. 2. - La extinción de la sociedad Gestión Integral de Obras Primosa, S.L., con CIF B10419224, y el cierre de su hoja de inscripción en los registros que corresponda con expedición de Mandamiento conteniendo testimonio de resolución firme. 3. - La aprobación de la rendición de cuentas del administrador Concursal don Rafael Ruiz Castellanos. 4. - Archivar definitivamente las actuaciones. Cáceres, 28 de febrero de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.
- Apertura de liquidación11/03/2017⚖️ CÁCERESProc. 429/2016Auto 07/02/2017
Don Juan Fernando Montero Manchado, Letrado de la Administración de Justicia, de Juzgado 1.ª Instancia e Instrucción N.º 1 y Mercantil de Cáceres, Anuncia: Que en Sección I Declaración Concurso 429/2016, referente al concursado Gestión Integral de Obras Primosa, S.L., por auto de fecha 7-02-2017, se ha acordado lo siguiente: 1.-Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor. 2.-La suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. 3.-Se ha declarado disuelta la mercantil Gestión Integral de Obras Primosa, S.L., con CIF n.º B-10419224, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal. Cáceres, 7 de febrero de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.