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Concurso de acreedores
GESTION INMOBILIARIA PROGILSA, S.A.
CIF A07927791Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 20/09/2012 → 16/06/2020
- Procedimiento
- 483/2011
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Palma · Juzgado de lo mercantil n.º 1 de Palma de Mallorca
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso16/06/2020⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de PalmaProc. 483/2011Auto 08/06/2020
Don Juan Enrique Tévar Fernández, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Palma, por el presente, Hago saber: Que en los autos seguidos en este juzgado 483/2011 G se ha dictado, en fecha de 8 de junio de 2020, auto de conclusión de concurso por insuficiencia de masa activa de la entidad Gestión Inmobiliaria Progilsa, S.A., con C.I.F. A07927791, habiéndose aprobado en el mismo la rendición de cuentas presentada por la administración concursal, teniendo dicha resolución carácter de firme. Palma, 8 de junio de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Juan Enrique Tévar Fernández.
- Otro acto concursal12/11/2013⚖️ Juzgado de lo mercantil n.º 1 de Palma de MallorcaAuto 19/09/2012
Doña Francisca Frontera Llompart, Secretaria Judicial del Juzgado de lo mercantil n.º 1 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber: 1.º- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 483 /2011 y NIG nº 07040 47 1 2011 0000843 en fecha 19 de septiembre de 2012 se declaró y concluyó el concurso por insuficiencia de masa, que en fecha 18 de octubre de 2013 se ha procedido a la reapertura del concurso del deudor GESTION Inmobiliaria Progilsa, S.A., con domicilio en la calle Sa Casanova, n.º 20, y n.º de CIF: A-07927791. 2.º- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor. 3.º- Se ha designado, como administración concursal al abogado don Antonio Miguel Caballero Otaolaurruchi con n.º DNI 52.326.677-K, y con domicilio en calle Patronato Obrero, n.º 21-3.º A, 07006 de Palma de Mallorca, quien en fecha 7 de noviembre de 2013, ha aceptado el cargo. 4.º- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá presentarse ante la administración concursal a la dirección postal: Calle Patronato Obrero, n.º 21-3.º A, 07006 de Palma de Mallorca o dirección de correo electrónico [email protected] en el plazo de 1 mes, a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado", mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguno. 5.º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art.º 184.3 Ley Concursal). Palma de Mallorca, 7 de noviembre de 2013.- La Secretaria Judicial.
- Declaración de concurso20/09/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma de MallorcaAuto 10/09/2012
Don Enrique Díaz Revorio, Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma de Mallorca, por el presente hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 483 /2011 y NIG n.º 07040 47 1 2011 0000843 se ha dictado a instancia de Acristalamientos y Biselados Bolea, S.L. en fecha 10 de septiembre de 2012, Auto de Declaración de Concurso del deudor Gestión Inmobiliaria Progilsa S.A., con n.º de CIF A-07927791, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Calle Sa Casanova, n.º 20 de Campos (Islas Baleares), y simultáneamente concluirlo por insuficiencia de masa conforme el art. 176 bis de la Ley Concursal. Palma de Mallorca, 10 de septiembre de 2012.- El Secretario judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.