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Concurso de acreedores
GESTION DE PROYECTOS INFORMATICOS GESPRO SA
CIF A81197345Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 09/05/2013 → 14/07/2021
- Procedimiento
- 42/2013 · 38/2011
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 5 DE MADRID
Cronología del expediente
- Otro acto concursal14/07/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 5 DE MADRID Proc. 42/2013Juez : SUSANA MORENO MARTINAuto 06/07/2021
Se decreta declaración de concurso y se nombra la administración concursal
- Conclusión del concurso16/12/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 5 DE MADRID Proc. 42/2013Juez : OLGA AHEDO PEÑAAuto 06/07/2021
Se declara el concurso voluntario de INDARRA CONSTRUCCIONES Y RFORMAS S.L .Simultáneamente , se declara su CONCLUSIÓN.O
- Otro acto concursal09/05/2013⚖️ MADRIDProc. 38/2011Auto 22/04/2013
Edicto. Doña M. C. Sanz, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 5 de los de Madrid, Hago saber: Que en este Juzgado de lo Mercantil número 5 de los de Madrid se sigue Concurso Voluntario Abreviado 42/13, en el que recayó Auto de fecha 22 de abril de 2013, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares: Se declara en Concurso Voluntario Abreviado a Gestión de Proyectos Informáticos Gespro, S.A., con C.I.F. A-81197345. Se acuerda la intervención de las facultades del deudor. Los acreedores concursales en la forma establecida en el art. 85 de la Ley 38/2011, de 10 de octubre, de reforma de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, deberán poner en conocimiento del Administrador Concursal don Carlos Rodríguez Conde, mediante comunicación por correo postal a calle San Bernardo, 20, 1.º, 28015, Madrid, o por correo electrónico a [email protected], la existencia de sus créditos, en el plazo de un mes a contar desde la publicación de este edicto, no siendo válida la comunicación que se dirija directamente al juzgado. Y para su inserción en el Boletín Oficial del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, expido el presente en Madrid a 23 de abril de 2013. Madrid, 23 de abril de 2013.- La Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.