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Concurso de acreedores

GESTININE SL

CIF B12531729Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
213/03/201723/11/2021
Procedimiento
572/2016
Juzgado
MERCANTIL - 1

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal23/11/2021
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 572/2016Juez : FRANCISCO GIL MONZOAuto 15/11/2021

    AUTO APROBACION PLAN LIQUIDACION CON LAS MODIFICACIONES CONTENIDAS

  2. Apertura de liquidación13/03/2017
    ⚖️ CASTELLÓN DE LA PLANAAuto 08/02/2017

    Doña Nieves Perez Ibáñez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Hago saber: Primero: Que por Auto de fecha 8 de febrero de 2017 dictado en el procedimiento Concurso Abreviado número 000572/2016, NIG número 12040-66-2-2016-0000680, seguido en este Juzgado, se ha declarado en Concurso Voluntario y Abreviado al deudor Gestinine, Sociedad Limitada, domiciliado en calle Grecia, 31 de Castellón, y CIF número B12531729. Segundo: Que se ha acordado la apertura de la Fase de Liquidación, a tramitar conforme a los artículos 148 y siguientes de la Ley Concursal, produciéndose con ello el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones. Tercero: Que se ha determinado el régimen de Suspensión de las facultades de administración y disposición de su patrimonio por el concursado. Cuarto: Que se ha designado como Administrador Concursal a don Alejandro Soler Vañó, con domicilio en Plaza Músico Vicente Rodríguez, número 2, bajo derecha, Onteniente (Valencia) y dirección electrónica [email protected], a través de los cuales podrán los acreedores, a su elección, efectuar la comunicación de sus créditos, de conformidad con el artículo 85 Ley Concursal. Quinto: Que el plazo para comunicar los créditos a la administración concursal será de Un Mes a contar desde el siguiente a la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. Sexto: La comparecencia en el procedimiento, mediante escrito al efecto dirigido a este Juzgado, deberá realizarse mediante representación por Procurador/a y asistencia de Letrado/a, sin perjuicio de lo previsto para la representación y defensa de los trabajadores y de las Administraciones Públicas. Castellón de la Plana, 17 de febrero de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.