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Concurso de acreedores
GESIN ASESORIA INTEGRAL SL
CIF B11520467Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 13/04/2015 → 25/09/2024
- Procedimiento
- 13/2015
- Juzgado
- Mercantil - 1 · Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Cádiz
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso25/09/2024⚖️ Mercantil - 1Proc. 13/2015Juez : ANA MARIN HERREROAuto 18/09/2024
Declarar la conclusión del concurso de GESIN ASESORIA INTEGRAL S.L.
- Otro acto concursal10/05/2024⚖️ Mercantil - 1Proc. 13/2015Juez : ALFREDO FERNANDEZ RIENDAAuto 10/05/2024
BOLETIN RENDICION CUENTAS
- Otro acto concursal13/04/2015⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de CádizAuto 05/02/2015
Edicto Doña Covadonga Herrero Udaondo, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Cádiz, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 13/15, con NIG 1101242M20140001728, por auto de 5 de febrero de 2015, declarado en concurso voluntario al deudor GESIN ASESORÍA INTEGRAL, S.L., con CIF: B-11520467, y domicilio en calle Francia, núm 2, nave 28, 2º planta, Puerto Real. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la L.C. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido D. José Blas Fernández Escobar, con domicilio en Cádiz, calle Marqués de la Ensenada, núm 13, entreplanta, letra A, y dirección electrónica [email protected] El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Cadiz, 24 de marzo de 2015.- La Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.