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Concurso de acreedores

GENTE URBANA SL

CIF B97861207Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
215/02/201112/11/2013
Procedimiento
736/2010
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso12/11/2013
    ⚖️ VALENCIAProc. 736/2010Auto 21/10/2013

    Doña Cristina María Valero Domenech, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, por el presente Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores número 736/2010 habiéndose dictado en fecha 21 de octubre de 2013 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil Número 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso Voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor: Se decreta la conclusión del concurso concurso Abreviado tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 736/2010, promovido por el Procurador señor Francisco José García Albert, en nombre y representación de la mercantil Gente Urbana, S.L., CIF B-97861207 y el Archivo de las presentes actuaciones sin más trámite por no existir ni bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores actuaciones. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor. Se acuerda que el deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Se acuerda disponer el cese del administrador concursal doña Lourdes Alamar Barrachina, con DNI n.º 22647469-J, revocando las actuaciones otorgadas en el procedimiento concursal. Se acuerda declarar la Extinción de la mercantil Gente Urbana, S.L., con CIF n.º B97861207, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (Art. 177 de la L.C.) y tiene carácter de firme. Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 13 de septiembre de 2013. Valencia, 21 de octubre de 2013.- La Secretaria Judicial.

  2. Declaración de concurso15/02/2011
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de ValenciaProc. 736/2010Auto 19/01/2011

    Doña María Jose Navarro Melchor, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente Hago Saber: Que en este Juzgado se tramitan autos del Concurso de Acreedores núm. 736/2010 habiéndose dictado en fecha 19 de enero de 2011 por el Ilmo/a Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil numero 3 de Valencia auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de Gente Urbana, S.L. con CIF B97861207, decretándose la intervención de las facultades de la mercantil, habiéndose designado administrador concursal. D.ª Lourdes Alamar Barrachina expidiéndose el presente edicto a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación en el BOE, puedan comunicar los créditos en los términos del art. 85 Valencia, 20 de enero de 2011.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.