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Concurso de acreedores

GAVEDRA SL EN LIQUIDACION

CIF B36509396Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
103/05/201203/05/2012
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pontevedra

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso03/05/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de PontevedraAuto 10/04/2012

    Edicto D./D.ª José Luis Gutiérrez Martín, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pontevedra, por el presente, hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 0000046/2012 y NIG.36038 47 1 2012 0000075 se ha dictado en fecha 28.3.12 Auto de Declaración de Concurso Voluntario del deudor Gavedra, S.L., con CIF B-36509396, cuyo centro de intereses principales lo tiene en rúa Castelao, n.º 5-2.º-C, Casal, Poio (Pontevedra). 2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado, como administrador concursal a Carlos Figueroa Herero, con D.N.I. 33.331.259-G, con domicilio postal en c/ Andrés Muruais, n.º 8-3.º-B, Pontevedra y su dirección electrónica [email protected], señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal, de estar operativo. 5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlos por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal). Pontevedra, 10 de abril de 2012.- El/La Secretario/a Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.