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Concurso de acreedores
GASOLINERA TORRELLES SL
CIF B62048772Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 20/11/2014 → 22/11/2018
- Procedimiento
- 814/2014
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Barcelona · Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona
- Administración concursal
- D
Cronología del expediente
- Otro acto concursal22/11/2018⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de BarcelonaProc. 814/2014Auto 22/10/2018
Margarita Marquina Castells, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Barcelona, Hago saber: Que en el concurso necesario 814/2014, sección CM, se dictó un auto de fecha 22 de octubre de 2018 que se ha declarado concluso el concurso de Gasolinera Torrelles, S.L., con NIF B62048772, con domicilio en plaza Ajuntament, 2, 08629 Torrelles de Llobregat. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Barcelona, 22 de octubre de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia, Margarita Marquina Castells.
- Otro acto concursal20/11/2014⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de BarcelonaProc. 814/2014Auto 31/10/2014
Edicto Don José María Valls Soriano, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincia, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 814/2014 en el que se ha dictado con fecha 31 de octubre de 2014 auto declarando en estado de concurso a la entidad Gasolinera Torrelles, S.L. con CIF: B62048772, y mandando darle publicidad con los siguientes datos: NIG del procedimiento: 08019-47-1-2014-8006892. Tipo de concurso: Necesario. Se ordena la intervención por la Administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso. Concursada: Gasolinera Torrelles, S.L. con domicilio en Carretera BV 2005, P.K. 47 de Torrelles de Llobregat. Administrador concursal: D. Oriol Ripoll Pañella (Advante Concursal) con domicilio en avenida Diagonal, n.º 482, 1.º, de Barcelona, con correo electrónico [email protected] Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley Concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la Administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Barcelona, 5 de noviembre de 2014.- El Secretario judicial, José María Valls Soriano.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.