Concurso de acreedores
GASMALLUM SL
CIF B61084844Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 29/01/2014 → 07/03/2015
- Procedimiento
- 844/2012
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso07/03/2015⚖️ BARCELONAProc. 844/2012Auto 22/12/2014
Edicto dando publicidad al archivo de concurso Doña María Aránzazu Alameda López, Secretaria del Juzgado Mercantil número 3 de Barcelona, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 844/2012, en el que se ha dictado auto de archivo del procedimiento por insuficiencia de masa activa de la entidad Gasmallum, S.L., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de asunto.-Concurso 844/2012, Sección C2. NIG del procedimiento.-0801947120128006259. Entidad concursada.-Gasmallum, S.L., con C.I.F. n.º: B-61084844. Tipo de concurso.-Necesario. Fecha del auto de conclusión.-19-12-2014. Barcelona, 22 de diciembre de 2014.- La Secretaria Judicial.
- Declaración de concurso29/01/2014⚖️ BARCELONAProc. 844/2012Auto 13/01/2014
Edicto dando publicidad a la declaración de concurso Doña Natalia Ramos Lain, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3, de Barcelona. Hago saber: que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 844/2012, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Gasmallum S.L. y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de Asunto. Concurso 844/12, Sección C2. Nig del procedimiento. 080194712012 8006259 Entidad concursada. Gasmallum, S.L, con CIF n.º. B61084844 Tipo de concurso. necesario. Fecha del auto de declaración. 13 de enero de 2014. Administrador/es concursal/es.- LLuis González Ferreri, con domicilio en Av. Constitució, 181, local, 08860 Castelldefels (Barcelona), teléfono núm. 936366184, fax núm. 936365454 y correo electrónico: [email protected] Facultades del concursado. suspendidas. Forma de personación. Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al 85 LC. los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la administracion concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedore, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán las bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos. los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse Barcelona, 16 de enero de 2014.- La Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.