InicioJusticiaGasale, S.L

Concurso de acreedores

Gasale, S.L

CIF B48117469Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
211/10/201409/02/2016
Procedimiento
01/2016 · 718/2014

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso09/02/2016
    ⚖️ BILBAOProc. 01/2016Auto 28/01/2016

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia Primero. Que en el procedimiento número 718/14 por auto de 26/01/2016 se ha declarado la conclusión del concurso voluntario del deudor Gasale, S.L., con CIF B48117469, cuya parte dispositiva dice literalmente lo siguiente: Parte dispositiva: Primero. Se declara concluso el procedimiento concursal número 718/14 referente al deudor Gasale, S.L., con CIF. B-48117469, por insuficiencia de la masa activa para el pago de los créditos contra la masa y se acuerda el archivo de las actuaciones. Segundo. Se acuerda el cese de las limitaciones de administración y disposición del deudor que estuvieren subsistentes. Tercero. Se acuerda la extinción de la persona jurídica deudora, procediendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro de Mercantil a cuyo efecto se expedirá mandamiento al citado Registro. Cuarto. Líbrense mandamientos de cancelación de la inscripción de declaración de concurso a los Registros en los que se inscribió dicha declaración. Quinto. Anúnciese la resolución en el Boletín Oficial del Estado y en el Registro Público Concursal. La publicación tendrá carácter gratuito por insuficiencia de bienes y derechos de la masa activa. Sexto. Si dentro del plazo de cinco años aparecieren nuevos bienes o derechos del deudor, se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 179 y siguientes de la LC. Séptimo. Comuníquese la conclusión del concurso a los órganos judiciales administrativos a los que se ordenó la suspensión de los procedimientos de ejecución contra el patrimonio del deudor, a fin de que procedan, en su caso, a su archivo definitivo. Octavo. Se declaran aprobadas las cuentas presentadas por la administración concursal. Contra este auto no cabe recurso alguno (artículo 177.1 de la LC). Lo acuerda y firma S. Sª. Doy fe. Bilbao, 28 de enero de 2016.- El Secretario judicial.

  2. Otro acto concursal11/10/2014
    ⚖️ BILBAOProc. 718/2014Auto 26/09/2014

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: Primero.- Que en el procedimiento número 718/2014, NIG número 48.04.2-14/020567, por auto de 22/09/2014 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Gasale, S.L., con CIF B48117469, con domicilio en calle Kareaga, número 105, 48903 Barakaldo. Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la administración concursal. Tercero.- Que la administración concursal está integrada por: D. Santiago Pla Pascual. Abogado. Dirección electrónica: [email protected]. Cuarto.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. Quinto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Sexto.- Que las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal: www.publicidadconcursal.es Bilbao, 26 de septiembre de 2014.- El Secretario judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.