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Concurso de acreedores

GAS POINT CENTER SL

CIF B65247108Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
120/05/201720/05/2017
Procedimiento
03/2017
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 10 de Barcelona

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso20/05/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 10 de BarcelonaProc. 03/2017Auto 03/04/2017

    M. José Hompanera González, la Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 10 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, Hago saber: Número de asunto: Concurso abreviado 106/17. NIG: 0801947120168008228. Fecha del auto de declaración: 21/03/2017. Clase de concurso: Voluntario Abreviado. Entidad concursada: GAS POINT CENTER, S.L., con CIF B65247108, con domicilio en Ctra Prats a Sabadell, km. 5.4 (Castellar del Vallés). Administradores concursales Se ha designado como administrador concursal: Santiago Manuel Oliveros Lapuerta, con DNI: 17417306G de profesión economista. Dirección postal: c/ Balmes 184, ático 4.ª, Barcelona. Dirección electrónica: [email protected] Régimen de las facultades del concursado. Suspendidas. Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un mes a contar desde la publicación. La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Vía de les Corts Catalanes, 111 (Edifici C), Barcelona. Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecen en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art. 184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles. Barcelona, 3 de abril de 2017.- Letrada de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.