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Concurso de acreedores

GAS-LLANO SL

CIF B30743975Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
403/05/201210/11/2022
Procedimiento
289/2010
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MURCIA

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal10/11/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MURCIA Proc. 289/2010Juez : JOSE MIGUEL SANCHEZ ELIPE-GARCIAAuto 25/10/2022

    Procede acordar la declaración de concurso voluntario de carácter abreviado de los cónyuges D. MANUEL ÚBEDA GALLEGO y Dª ROSARIO GUILLÉN MARCOS. 2.- Los deudores conservan las facultades de administración y disposición sobre la masa activa, Se req

  2. Otro acto concursal10/11/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MURCIA Proc. 289/2010Juez : BLANCA RODRIGUEZ DIESTEAuto 25/10/2022

    DECIDO: Fijar la cuantía de la retribución de la administración concursal en el importe de 133,45 euros, sin perjuicio del descuento que habrá de realizarse en caso de haber cobrado cantidad derivada de la retribución provisional

  3. Conclusión del concurso10/11/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MURCIA Proc. 289/2010Auto 25/10/2022

    Auto de conclusión de concurso

  4. Declaración de concurso03/05/2012
    ⚖️ MURCIAAuto 03/04/2012

    Edicto D./D.ª Ana M.ª Lacalle Espallardo, Secretario/a Judicial de Juzgado de lo Mercantil número 1 de Murcia, por el presente, Hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 289 /2010 y NIG n.º 30030 47 1 2011 0000503 se ha dictado en fecha 3 de abril de 2012, auto de declaración de concurso necesario del deudor Gas Llano, S.L., con B-30743975, cuyo centro de intereses principales lo tiene en c/ Mulhacén, s/n Nueva Cartagena 30130 Cartagena -Murcia-. 2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que ejercerá la Administración Concursal. Se ha designado, como administración concursal a don José Ángel Marín Martínez, S.L.P., con domicilio postal en Camino de Paco Prados, n.º 6, 30.170 Mula, dirección electrónica [email protected] y teléfono 968661927, para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4º.-No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni la Oficina de Registro de la Cuidad de la Justicia. 5º.-La dirección electrónica donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es http://juzgadomercantil1murcia.blogspot.com/ En Murcia, 17 de abril de 2012.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.