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Concurso de acreedores
GANETEC GLOBAL SOLUTIONS SL
CIF B85835023Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 1 — 01/06/2017 → 01/06/2017
- Procedimiento
- 488/2017
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil N.º 6 de Madrid
Cronología del expediente
- Declaración de concurso01/06/2017⚖️ Juzgado de lo Mercantil N.º 6 de MadridProc. 488/2017Auto 16/05/2017
Edicto Juzgado de lo Mercantil N.º 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia Primero.-Que en el procedimiento número 488/2017, por Auto dictado en fecha 16 de mayo de 2017, se ha declarado en concurso voluntario a la mercantil Ganetec Global Solutions, S.L., con CIF: B85835023. Segundo.-Que la mercantil Ganetec Global Solutions, S.L., conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio. Tercero.-Se acuerda, simultáneamente a lo anterior, la Conclusión del Concurso por la causa 3.ª del apartado 1.º del art. 176.bis de la LCO. Cuarto.-Se acuerda el cese de todas las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor que pudieran derivarse de la presente declaración de concurso; sin que haya lugar al cese de administrador concursal al no haber sido designado. Quinto.-Se declara la subsistencia de la responsabildiad de la concursada respecto al pago de los créditos restantes; pudiendo los acreedores iniciar acciones declarativas y ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Sexto.-Se acuerda la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad concursada. Madrid, 16 de mayo de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.