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Concurso de acreedores

GALLOSTRA SA

CIF A08123077Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
314/11/201203/11/2020
Procedimiento
661/2012
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE BARCELONA
Administración concursal
Pich Abogados y Economistas, SLP.

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal03/11/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE BARCELONAProc. 661/2012Auto 31/08/2020

    Cese de Administrador concursal

  2. Conclusión del concurso03/11/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE BARCELONAProc. 661/2012Auto 31/08/2020

    Auto de conclusión de concurso

  3. Declaración de concurso14/11/2012
    ⚖️ BARCELONAProc. 661/2012Auto 26/10/2012

    Don Antonio Cidraque Arias, Secretario del Juzgado Mercantil n.º 4 de Barcelona, Dicto el presente edicto al objeto de dar publicidad al Auto de Declaración de Concurso dictado por este Juzgado. Número de Asunto: 661/2012-O. Fecha del Auto de Declaración de Concurso: 25-10-2012. Clase de Concurso: Voluntario. Entidad Concursada: Gallostra, S.A., con domicilio en la zona industrial Mas Roger, calle Tomas A. Edicon, 20-22, Pineda de Mar (Barcelona) y CIF n.º A08123077. Administradores Concursales: Pich Abogados y Economistas, SLP. Dirección postal: Calle Fontanella, 21, 2.º, 1.ª, 08010 Barcelona. Correo electrónico: [email protected] Régimen de Facultades del Concursado: Intervenidas. Llamamiento a los Acreedores: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde la publicación en el "BOE". Forma de Personación: Los acreedores pueden personarse en el procedimiento por medio de Abogado y Procurador. La personación se efectuará ante la Unidad de Apoyo Concursal de los Juzgados Mercantiles de Barcelona. La lista de acreedores puede consultarse en la Secretaría del Juzgado, sita en Gran Vía de les Corts Catalanes, n.º 111, edifici C, planta 12, de Barcelona. Barcelona, 26 de octubre de 2012.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.